Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2019 (30/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de mayo de 2019 /

El Peruano

Dan por concluidas y dejan sin efecto designaciones, y reasignan magistrados en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 902-2019-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 27 de mayo de 2019 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 175-2019-CEPJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, las Resoluciones Administrativas N° 0022019 y 516-2019-P-CSJLIMASUR/PJ, expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia y la solicitud presentada por la magistrada Consuelo Graciela Cuadrado Arizmendi. CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac (se excluye al Centro Poblado Los Huertos de Manchay), Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. Por Resolución Administrativa N° 175-2019-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispone, entre otros, reubicar a partir del 1 de junio y hasta el 30 de noviembre de 2019, el Juzgado de Familia Transitorio del Distrito de Villa María del Triunfo, Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a la Corte Superior de Justicia de Moquegua como Juzgado de Familia Transitorio de la Provincia de Ilo. Mediante documento presentado con fecha 24 de mayo del año en curso, la magistrada Consuelo Graciela Cuadrado Arizmendi, manifiesta que dado que el Juzgado de Familia Transitorio de Villa María del Triunfo, en el cual se encuentra designada, será desactivado al 31 de mayo del año en curso, y en su condición de Jueza Titular del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Chorrillos, y nombrada desde el año 2003 por el extinto CNM, solicita se tenga a bien considerar su promoción en la especialidad Familia. Por Resolución Administrativa N° 671-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso, entre otros, designar a la magistrada Anne Yvel Trujillo Payra como Juez Provisional del Quinto Juzgado de Familia Permanente ­ Sub Especialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a partir del uno de abril de 2018; Mediante Resolución Administrativo N° 775-2018-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 16 de abril de 2018, se dispuso, entre otros, que la nomenclatura del Quinto Juzgado de Familia Permanente ­ Sub Especialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, es Sétimo Juzgado de Familia Permanente ­ Sub Especialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Asimismo por Resolución Administrativa N° 516-2019-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso en alguno de sus extremos la designación como jueces supernumerarios a los siguientes abogados: - Marcela Aracelly de la Cruz Moreno, como Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de esta Corte Superior de Justicia. - Susan Giovanna Rimac Narro, como Jueza Supernumeraria del Juzgado Especializado Penal de Lurín. Mediante Resolución Administrativa N° 002-2019-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso entre otros,

designar a la magistrada Jenny Giovana Palacios Paredes, como Jueza Provisional del Quinto Juzgado de Familia Permanente ­ Sub Especialidad en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a partir del 02 de enero del presente año. De otro lado, habiéndose verificado el cuadro de méritos y antigüedad de los Jueces del nivel de Paz Letrado de esta Corte, se ha advertido que la magistrada Flor de Ada Yaneth Acosta Miraval cumple con los requisitos exigidos por Ley para ser promovida como Jueza Especializada de esta Corte Superior; por lo que corresponde promoverla. En la lógica de seguir construyendo una administración de justicia con jueces idóneos, cuya aptitud, capacidad y competencia de la mano con una trayectoria íntegra y comportamiento apropiado, lleven adelante su misión; y, que por encima de los códigos y expedientes, ubiquen su labor en una perspectiva mayor, dentro del orden democrático constitucional; se exige a todos los magistrados de esta corte, como imperativo categórico, una impartición de justicia con independencia e imparcialidad, pero además con probidad, veracidad y equidad, utilizando las herramientas de su conciencia, moral, diligencia, decoro y sentido común, porque sólo así, se puede construir la garantía de una actuación imparcial que los jueces requieren en el desempeño de sus responsabilidades para el beneficio del ciudadano, que abone por una justicia eficaz. En el caso de designaciones de Jueces Provisionales y Supernumerarios en este Distrito Judicial, se debe precisar que, éstas se realizan en el marco de las facultades de las que se encuentra investida esta Presidencia, considerando: 1) En cuanto a la designación de Jueces Provisionales, se ha tenido en cuenta el cumplimiento de los requisitos que exige la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial; previa evaluación de este Despacho. 2) Con relación a la designación de Jueces Supernumerarios en este Distrito Judicial, se ha tenido en cuanta la Nómina de Abogados para el Desempeño como Jueces Supernumerarios en el Nivel Especializado y/o Mixto y Paz Letrado de la Convocatoria Ordinaria N° 0012018, oficializado mediante Resolución Administrativa N° 488-2019, de fecha 25 de marzo de 2019, designación que se efectúa en estricto orden de mérito, exceptuando a los abogados aptos que cuentan con quejas, procedimiento, denuncias, habeas corpus fundadas, como es de verse del Informe Final de la Comisión de Evaluación del Desempeño Jurisdiccional y Administrativo realizado en julio de 2018. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 1), 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Ley N° 29277; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada Marcela Aracelly de la Cruz Moreno, como Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de esta Corte Superior de Justicia, con efectividad al 01 de junio del presente año; dándosele las gracias por los servicios prestados. REASIGNAR a la abogada Jenny Giovana Palacios Paredes, como Jueza Provisional del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo de esta Corte Superior de Justicia, a partir del 01 de junio del presente año. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada Susan Giovanna Rimac Narro, como Jueza Supernumeraria del Juzgado Especializado

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