Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2019 (30/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 30 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES PODER JUDICIAL

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demás órganos de gobierno encargados de la toma de decisiones de la Universidad Privada Telesup S.A.C., cumplan lo dispuesto en los requerimientos señalados en los artículos Tercero y Cuarto de la presente resolución, en el marco del Reglamento del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD, bajo apercibimiento de ser denunciados por la Procuraduría Pública de la Sunedu, por la presunta comisión del delito de desobediencia a la autoridad, de acuerdo con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 368 del Código Penal u otros delitos, de ser el caso. SÉPTIMO.- ENCARGAR a la Dirección de Licenciamiento remitir a la Comisión de Derechos de Autor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ Indecopi, copia de los proyectos de investigación citados en la Tabla 38 y el Anexo 9 del Informe técnico de licenciamiento N° 013-2019-SUNEDU-02-12 del 17 de mayo de 2019, así como los cinco (5) "Estudios de Factibilidad" para cada una de las filiales donde se proyectaba brindar la nueva oferta, y que fuera presentada por la Universidad Privada Telesup S.A.C.; a fin que dicha autoridad administrativa realice las acciones que estime pertinentes en el marco de sus competencias. OCTAVO.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación27. La impugnación de la presente Resolución en el marco del procedimiento, no suspende sus efectos. NOVENO.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Privada Telesup S.A.C., conjuntamente con el Informe técnico de licenciamiento N° 013-2019-SUNEDU-02-12 del 17 de mayo de 2019, poniendo el acto administrativo en conocimiento de sus autoridades, accionistas, directivos, gerentes, administradores, representantes y demás órganos de gobierno encargados de la toma de decisiones trascendentales para la Universidad; encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. DÉCIMO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe), y la publicación del Informe técnico de licenciamiento N° 013-2019-SUNEDU-02-12 en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban las Bases del Concurso "Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2019"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 209-2019-CE-PJ Lima, 22 de mayo de 2019 VISTO: El Oficio N° 040-2019-ARF-CE-PJ cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Consejero Responsable de la Unidad de Gestión de Despacho Judicial remite el Oficio N° 056-2019-UGDJ-CE/PJ, que adjunta el proyecto de Bases del Concurso "Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2019", tercera edición, para su evaluación y aprobación. Segundo. Que el referido concurso está dirigido a las Cortes Superiores de Justicia del país que realicen actividades de gestión de despacho judicial, que logren un impacto significativo en beneficio de la Institución, público usuario, y que puedan ser consideradas como Buenas Prácticas. La mencionada actividad establece las siguientes categorías: a) Celeridad y Descarga Procesal b) Acceso a la Justicia c) Ecoeficiencia d) Atención al Usuario La evaluación se efectuará conforme a los siguientes criterios: i) Novedad e innovación ii) Originalidad iii) Eficacia; y, iv) Vigencia Tercero. Que, evaluado el proyecto de Bases de Concurso "Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2019", en su tercera edición, resulta pertinente su aprobación, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 660-2019 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Moran, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las Bases del Concurso "Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2019", que se realizará en su tercera edición; que

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Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD Artículo 25.- Recurso de reconsideración 25.1 El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (...) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019JUS Artículo 218. Recursos administrativos (...) 218.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30)

días.

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