Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2019 (15/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 15 de noviembre de 2019

NORMAS LEGALES

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autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario del Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ANA TERESA REVILLA VERGARA Ministra de Justicia y Derechos Humanos GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1827273-6

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban "Directiva para la presentación de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Programas Nacionales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 284-2019-MIMP Lima, 6 de noviembre de 2019 Vistos, el Memorándum N° D000208-2019-MIMPOGRH, la Nota N° D000454-2019-MIMP-OGRH y la Nota D000609-2019-MIMP-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000065-2019MIMP-OMI y el Informe N° D000077-2019-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum N° D000310-2019-MIMP-OGPP y el Memorándum N° D000350-2019-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1327, se aprueba el Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, el mismo que tiene por objeto establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe y, tiene por finalidad fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo; Que, con Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, cuya Primera Disposición Complementaria Final dispone que las entidades bajo el ámbito de aplicación de dicho Reglamento deben emitir las directivas y protocolos necesarios para la implementación del Decreto Legislativo N° 1327 y su reglamento; precisando que dicha regulación debe difundirse por los canales habituales que la entidad utiliza para comunicarse con todos los servidores civiles que la integran, además de publicitarse en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad; Que, mediante Memorándum N° D000208-2019MIMP-OGRH y Nota N° D000454-2019-MIMP-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos propone y subsana el proyecto de "Directiva para la presentación

de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Programas Nacionales", cuyo objeto es establecer el procedimiento para la adecuada presentación y atención de denuncias por presuntos actos de corrupción y regular el procedimiento que otorga las medidas de protección a el/la denunciante, de conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1327 y su Reglamento; Que, con Memorándum N° D000310-2019-MIMPOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D000065-2019-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, mediante el cual se emite conformidad sobre la propuesta de Directiva formulada por la Oficina General de Recursos Humanos; Que, el numeral 6.3.1 de la Directiva General N° 0022017-MIMP "Normas para formular, tramitar, aprobar, modificar o visar dispositivos legales y documentos normativos y orientadores elaborados en el pliego Mujer y Poblaciones Vulnerables", aprobada mediante Resolución Ministerial N° 134-2017-MIMP, dispone que los documentos cuyo contenido sea relevante y de interés para los usuarios de los servicios que presta el MIMP o afecte intereses, obligaciones o derechos de los administrados y aquellas destinadas a organizar o hacer funcionar las actividades o servicios propios del Ministerio, serán aprobados mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Informe N° D000131-2019-MIMPOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la viabilidad de continuar con la aprobación de la Directiva denominada "Directiva para la presentación de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Programas Nacionales"; Que, en tal sentido, corresponde emitir el acto resolutivo mediante el cual se apruebe la "Directiva para la presentación de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Programas Nacionales"; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; y, la Directiva General N° 002-2017-MIMP "Normas para formular, tramitar, aprobar, modificar o visar dispositivos legales y documentos normativos y orientadores elaborados en el pliego Mujer y Poblaciones Vulnerables", aprobada mediante Resolución Ministerial N° 134-2017MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 007-2019MIMP "Directiva para la presentación de denuncias por presuntos actos de corrupción y el otorgamiento de medidas de protección a el/la denunciante en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y Programas Nacionales", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. gob.pe/mimp). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1826713-1

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