Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2019 (28/11/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 150

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de noviembre de 2019 /

El Peruano

VISTO: El Dictamen Nº 005-2019-CDE-CR, de fecha 28 de junio de dos mil diecinueve, emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, sobre la "APROBACION DEL PLAN EXPORTADOR REGIONAL ­ PERX PASCO 2025; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, y modificada por Ley Nº30305, establece en su Artículo 191º que "los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones"; asimismo que, "La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los alcaldes provinciales y por representantes de la sociedad civil, como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, regula que el Consejo Regional "Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional", tiene entre otras atribuciones, las especificadas en el inciso a) del artículo 15º; "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", en concordancia con el artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 368-2015-GRP/CR, que establece: "La función normativa o legislativa del Consejo Regional se ejerce mediante la aprobación, modificación, interpretación o derogación de Ordenanzas Regionales y Acuerdos de Consejo Regional, en concordancia con las disposiciones legales de carácter nacional y de conformidad a las atribuciones conferidas en el Art. 15º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales"; Que, el artículo 35º inc. g) de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783 establece asimismo, como competencia exclusiva, "Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos de acuerdo a sus potencialidades", concordante con el Numeral 1 inc. g) del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867. Que, de conformidad con el artículo 55º de la Ley Nº27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son funciones en materia de comercio determinadas en los incisos a): Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia; y c) Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales. Que, según el Artículo 6º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales, precisa: "El Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades". Que, asimismo en el Artículo 8º, de la acotada norma legal refiere sobre principios rectores de las políticas y gestión regional, puntualiza en el numeral 13, lo siguiente: Competitividad.- "El Gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad Regional. Para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado, el fortalecimiento de las redes de colaboración

entre empresas, instituciones y organizaciones sociales, junto con el crecimiento de eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación"; Que, el Perú basa su desarrollo exportador en la integración comercial con regiones y economías estratégicas a través de la suscripción de acuerdos comerciales, los cuales brindan certidumbre Jurídica a las empresas para realizar inversiones y desarrollar negocios de comercio exterior; Que, la propuesta de actualización del PERX al 2025 se formula con un enfoque competitivo a fin de generar instrumentos que den soporte al sector empresarial y fortalezcan las capacidades institucionales, para lograr la sostenibilidad del sector en el largo plazo buscando apoyar, decididamente, la internacionalización de la empresa peruana, bajo cuatro pilares fundamentales: Pilar 1: Internacionalización de la empresa y diversificación de mercados. Pilar 2: Oferta exportable diversificada, competitiva y sostenible Pilar 3: Facilitación del comercio exterior y eficiencia de la cadena logística internacional. Pilar 4: Generación de capacidades para la internacionalización y consolidación de una cultura exportadora. Que, las principales brechas de competitividad exportadora identificadas en la Región Pasco, destacan las siguientes: a) Infraestructura de conectividad para la movilización de productos: - Deficiente red vial vecinal que permita el acceso a las zonas de producción. - Deficiente red vial departamental. b) Provisión de servicios para el Desarrollo de la actividad empresarial. - Limitada infraestructura de riego tecnificado en la región. - Deficiente servicio de electricidad para actividad industrial. - Insuficientes acciones interinstitucionales de prevención y reducción de riesgos. - Deficientes Campañas de formalización y titulación de predios rurales. c) Capacidades empresarial. para la gestión productiva y

- Limitadas capacidades en materia de comercio exterior y cultura exportadora. - Deficiente promoción comercial de la oferta exportable de la región. - Ausencia y/o inactividad de mesas técnicas por cadenas exportadoras. - Altos índices de informalidad en el sector empresarial. Que, con Informe Nº 110-2019-GRPASCO-GGR/ GRDE de fecha 23 de Mayo de 2019, emitido por la Gerente Regional de Desarrollo Económico Mg. Amanda López Gamarra, donde solicita la aprobación mediante Ordenanza Regional del Informe Técnico PERX PASCO 2025; Que, mediante Informe Legal Nº 515-2019-G.R.PGGR/DRAJ, de fecha 04 de junio del año 2019, el Director Regional de Asesoría Jurídica de la Sede del Gobierno Regional de Pasco, opina que el Plan Regional Exportador ­ PERX Pasco 2025, es procedente aprobar mediante Ordenanza Regional, por ser atribución del Consejo Regional, de conformidad con las normas señaladas; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, ha revisado y analizado los antecedentes y normativas, referente a la Aprobación del Plan Exportador Regional ­ PERX PASCO 2025, que tiene como objetivos Estratégico

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