Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

66

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, documento de fecha 04 de setiembre del presente año, expedido por el Responsable del Equipo de Asistentes de Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura CONSIDERANDO: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur inicia sus funciones el 13 de octubre de 2010, por Resolución Administrativa N° 334-2010-CE-PJ, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 07 de octubre de ese mismo año. Ejerce su competencia en los distritos de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador, Lurín, Santísimo Salvador de Pachacamac, Punta Hermosa, Punta Negra, San Bartolo, Santa María del Mar, Pucusana y Chorrillos. Mediante documento de fecha 04 de setiembre del presente año, el Responsable del Equipo de Asistentes de Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura, pone en conocimiento la Resolución N° 51 de fecha 23 de agosto de 2019, emitida por la Jefatura Suprema de la OCMA, relacionada a la investigación seguida contra el magistrado Marco Fernando Cerna Bazán, en el mismo que entre otros, resuelve que estando a la decisión adoptada en el párrafo precedente, y atendiendo que el juez superior sancionado, como medida provisional, hasta la fecha, ya cumplió el plazo de suspensión estipulado: se da por compurgada la medida de Suspensión con la mayor suspensión preventiva que sufrió, sin perjuicio de que exista otra medida de suspensión preventiva ajena a este procedimiento. Por escrito de la presente fecha, el magistrado Marco Fernando Cerna Bazán, solicita su reincorporación, manifestado que ha precluido la medida impuesta en su contra, y solicita se le asigne el despacho jurisdiccional que se considere pertinente. A través de la Resolución Administrativa N° 516-2019-P-CSJLIMASUR/PJ, expedida por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, se dispuso entre otros, designar al abogado Hugo Marcelino Muchica Ccaso, como Juez Superior Supernumerario de la Primera Sala Penal de Apelaciones, a partir del uno de abril del presente año. Cabe precisar, que a la fecha este despacho no ha recibido ninguna otra notificación en donde se encuentre como investigado el magistrado Marco Fernando Cerna Bazán, y estando a la comunicación descrita en el segundo párrafo, es de verse que el magistrado ha cumplido con la medida impuesta, por lo que corresponde reincorporarlo a esta Corte Superior de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables; y, en virtud de dicha atribución se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estén en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del magistrado Hugo Marcelino Muchica Ccaso, como Juez Superior Supernumerario de la Primera Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia, con efectividad al 05 de setiembre del año en curso. REINCORPORAR al magistrado Marco Fernando Cerna Bazán, Juez Superior Titular, como integrante de la Primera Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia, a partir del día 05 de setiembre del año en curso, quedando conformada la Sala en mención de la siguiente manera: Primera Sala Penal de Apelaciones de esta Corte Superior de Justicia Hilda Cecilia Piedra Rojas Marco Fernando Cerna Bazán Saúl Saturnino Gerónimo Chacaltana * Presidenta (T) (T) (S)

* Se precisa que el Juez Superior Supernumerario Saúl Saturnino Gerónimo Chacaltana integra la Primera Sala Penal de Apelaciones, en tanto el Juez Superior Titular Teófilo Armando Salvador Neyra se encuentre en la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo.DISPONER que bajo responsabilidad el magistrado saliente, deberá presentar el inventario de los expedientes correspondientes al despacho así como, deberá proceder a la entrega inmediata de la credencial de magistrado otorgada para el ejercicio de sus funciones, la misma que será devuelta a la Secretaria General de esta Corte Superior de Justicia, encargándose a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo en el extremo referido a la entrega del inventario respectivo. Artículo Tercero.- PRECISAR que la nueva conformación de la referida Sala, establecida mediante la presente resolución, no debe impedir la culminación de los procesos con audiencias iniciadas, sesiones continuadas o procesos con vista de la causa pendientes de ser resueltas al cuatro de setiembre del año en curso, las que seguirán con el mismo colegiado integrante a dicha fecha, a excepción que permitan realizar un cambio de magistrado; con la finalidad de evitar el quiebre y/o reprogramación de los mismos, bajo responsabilidad funcional. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Planeamiento y Desarrollo, Área de Recursos Humanos de esta Corte Superior de Justicia, y Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JUAN VICENTE VELIZ BENDRELL Presidente 1803940-1

Dictan normas complementarias para registrar mediante el Sistema Integrado Judicial la información de ciudadanos procesados por los delitos de terrorismo, apología del terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas, en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 391-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, dos de setiembre de dos mil diecinueve. VISTO: El Oficio N° 839-2019-OAD-CSJV/PJ, remitido por la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, referido a la implementación del Registro de Procesados de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la Ley N° 29988 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-MINEDU, establecen medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; siendo necesario que el Poder Judicial registre en una base de datos la información de las personas que se encuentran procesadas por los delitos antes referidos, correspondiendo realizar dicha inscripción a cada órgano jurisdiccional con competencia en materia penal.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.