Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2019 (05/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 5 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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corresponde dejar sin efecto la credencial que lo reconoce como consejero del Consejo Regional de Madre de Dios. 25. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 30 de la LOGR, en caso de vacancia, el Jurado Nacional de Elecciones debe acreditar al consejero accesitario. Por consiguiente, corresponde convocar a William César Ccahuantico Mamami, identificado con DNI N° 05070384, accesitario al cargo de consejero regional de la lista de la organización política Fuerza por Madre de Dios, por la provincia de Tambopata. 26. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales Electas del Gobierno Regional de Madre de Dios, emitido el 31 de octubre de 2019, con motivo de las Elecciones Regionales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Pedro Wanger Cari Rodríguez, consejero del Consejo Regional de Madre de Dios; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo del Consejo Regional N° 072-2019-RMDD/CR, del 22 de mayo de 2019, que declaró procedente el pedido de su vacancia, por la causal contemplada en el artículo 30, numeral 3, de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Pedro Wanger Cari Rodríguez, como consejero del Consejo Regional de Madre de Dios, en representación de la provincia de Tambopata, emitida con motivo de las Elecciones Regionales 2018. Artículo Tercero.- CONVOCAR a William César Ccahuantico Mamani, identificado con DNI N° 05070384, para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Madre de Dios, en representación de la provincia de Tambopata, a fin de completar el periodo de gobierno regional 2019-2022, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1803872-1

regidor del Concejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, en contra del Acuerdo de Concejo N° 07 de Sesión Extraordinaria N° 07-ALC/MDL, del 23 de mayo de 2019, que declaró la vacancia, presentada en su contra, por las causales de ejercicio de funciones, cargos ejecutivos o administrativos, y restricciones de contratación, establecidas en el segundo párrafo del artículo 11, y en el artículo 22, numeral 9, este último concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2019001025. ANTECEDENTES La solicitud de declaratoria de vacancia El 26 de febrero de 2019 (fojas 4 a 7 del Expediente N° JNE.2019001025), Diómedes Maquera Cotrado presentó una solicitud de declaratoria de vacancia en contra de Inka Carlos Pachacútec Huillca, regidor del Concejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, por las causales de ejercicio de funciones, cargos ejecutivos o administrativos, y restricciones de contratación, establecidas en el segundo párrafo del artículo 11, y en el artículo 22, numeral 9, este último concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), presentando los siguientes fundamentos: a. El AA.HH. de Villa Toledo se encontraba sin agua, dado que la bomba de agua se había malogrado, motivo por el cual se solicitó la intervención de la municipalidad, situación que fue aprovechada por el regidor Inka Carlos Pachacútec Huillca, asumiendo el problema como suyo, y procede a fungir de alcalde, realizando llamadas telefónicas, una de ellas al encargado de Logística y Patrimonio de la municipalidad, diciéndole expresamente y de forma autoritaria que se iba a encargar de las cotizaciones y compra, y que posteriormente cuando tenga las cotizaciones lo iba a llamar para que ejecute el desembolso a la brevedad posible. b. Tras conversaciones con el encargado de Logística este le brindó copia de un informe, el cual fue puesto en las redes sociales. Se adjunta, para ello, el informe y las conversaciones por WhatsApp, donde se verifican las órdenes y directivas que hace el cuestionado regidor al encargado de Logística sobre la adquisición de la bomba de agua. c. Por otro lado, ha escuchado que el regidor se jacta de que puede colocar y expulsar personal del municipio a su antojo, "hecho que se ha escuchado decir ante la prensa cuando sostiene que no va a parar hasta botar al gerente municipal al logístico y al asesor legal". Así se tiene conocimiento de que ha contratado a Reynaldo Quispe Povea en el Área de Planeamiento y Catastro Urbano de la municipalidad. Descargos de la autoridad cuestionada El 6 de marzo de 2019, el regidor Inka Carlos Pachacútec Huillca presentó, ante la instancia municipal sus descargos (fojas 19 a 24 del Expediente N° JNE.2019001025) en el cual sustenta lo siguiente: a. No se le ha notificado conforme a ley con el pedido de vacancia; lo cual ha sido justificado por la comuna edil, en razón de la situación de emergencia declarada por ley, en la que se puede dispensar de tal formalidad. Sin embargo, el regidor advierte causal de nulidad con las responsabilidades administrativas y penales correspondientes, pues el Decreto Supremo N° 028-2019PCM, que decreta el estado de emergencia, no hace referencia al procedimiento de vacancia municipal. b. Se ha presentado copia fedateada de los medios probatorios en la solicitud de vacancia; sin embargo, no se le permite acceder a la copia de estos, pese a que se ha solicitado. c. Los mensajes de WhatsApp no pueden ser valorados por carecer de veracidad, ya que para ello debe de darse las condiciones de levantamiento del secreto de las comunicaciones.

Declaran nulo Acuerdo de Concejo que aprobó vacancia de regidor del Concejo Distrital de Laberinto, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN N° 0116-2019-JNE Expediente N° JNE.2019001190 LABERINTO - TAMBOPATA - MADRE DE DIOS VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintidós de agosto de dos mil diecinueve. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Inka Carlos Pachacútec Huillca,

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