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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (07/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Designan Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos de la SUCAMEC RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 209 -2020-SUCAMEC Lima, 6 de agosto de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, el literal d) del artículo 11° del ROF establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer el nombramiento, designación, suspensión o cese del personal de la entidad; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 155-2020-SUCAMEC de fecha 09 de julio de 2020, se designó temporalmente, a partir del 09 de julio de 2020, a la señora Lorena Yadira Bellina Schrader en el cargo de Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, en tanto se designe al titular, y en adición a sus funciones como Asesor 2 del Despacho del Superintendente Nacional de la SUCAMEC; Que, resulta pertinente designar al funcionario titular que ejercerá el mencionado cargo, y, por consiguiente, dar por concluida la designación temporal de la señora Lorena Yadira Bellina Schrader en el cargo de Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; Con el visado del Gerente General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modi fi cado por Decreto Supremo N° 017-2013- IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la señora Lorena Yadira Bellina Schrader en el cargo de Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, dándosele las gracias por los servicios prestados Artículo 2.- Designar a la señora Carolina Domitila Robles Coloma en el cargo de Jefa de la O fi cina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC. Artículo 3. - Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS SAMUEL TUSE LLOCLLA Superintendente Nacional 1875719-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban Proyecto de Presupuesto Multianual 2021-2023 del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000204-2020-CE-PJ Lima, 31 de Julio del 2020VISTO:El O fi cio N° 001244- 2020-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante el documento de visto el Gerente General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el “Proyecto de Presupuesto Multianual 2021-2023 del Poder Judicial”, que asciende a la suma total de veinticinco mil quinientos cinco millones doscientos treinta y cinco mil novecientos veintiuno soles (S/ 25 505 235 921), correspondiendo al año 2021 la suma de siete mil ochocientos sesenta y siete millones setenta y tres mil seiscientos sesenta y cinco soles (S/ 7 867 073 665). Segundo . Que, el citado Proyecto de Presupuesto ha sido elaborado de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28821, Ley de Coordinación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo para la Programación y Formulación del Presupuesto Institucional del Poder Judicial; así como los “Lineamientos para la Programación y Formulación del Presupuesto Institucional del Poder Judicial para el Año 2021 con una Perspectiva de Programación Multianual para los Años 2022 y 2023”, aprobados por Resolución Administrativa N° 0114-2020-P-PJ. Tercero. Que, conforme lo establece el artículo 82°, inciso 4) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobar el Proyecto de Presupuesto de este Poder del Estado, propuesto por la Gerencia General; y ejecutarlo una vez sancionado legalmente. Cuarto. Que, en mérito a la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 005-2004-CC/TC, el Congreso de la República dictó la Ley N° 28821, Ley de Coordinación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo para la Programación y Formulación del Presupuesto Institucional del Poder Judicial, publicada en el diario O fi cial El Peruano con fecha 22 de julio de 2006. Quinto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, el “Proyecto de Presupuesto Multianual 2021-2023 del Poder Judicial”, se ha formulado en el marco del Plan Estratégico Institucional 2019-2023, de acuerdo a los siguientes Objetivos Estratégicos Institucionales: - Facilitar el acceso a la justicia para la población a nivel nacional. Tiene como objetivo brindar al ciudadano un servicio predecible, e fi ciente, e fi caz, efectivo, oportuno, inclusivo y con carácter universal. Para ello, se prevé realizar acciones de mejora en servicios que tienen que ver en materia de Acceso a la Justicia y Poblaciones Vulnerables, Gestión Ambiental, de Justicia de Paz y Justicia Intercultural, Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, Oralidad en los Juzgados Civiles, Comisión Nacional de Estadística; - Resolver con celeridad los procesos judiciales en bene fi cio del justiciable. Tiene como objetivo que los servicios de justicia de los órganos jurisdiccionales especializados mejoren sus procedimientos y contribuyan con la celeridad de los procesos judiciales en materia de