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39 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 El Peruano / Tacna y Ventanilla en la especialidad Laboral (NLPT), viene permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres; además de incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los órganos jurisdiccionales y de los justiciables, con la fi nalidad de brindar un mejor servicio de justicia, y lograr un impacto signi fi cativo y positivo en la ciudadanía. Octavo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 907- 2020 de la cuadragésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de agosto de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 7 de agosto de 2020, en los órganos jurisdiccionales de la especialidad laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia del Callao, conforme al detalle siguiente: - Sala Laboral, - 1° Juzgado Especializado de Trabajo,- 2° Juzgado Especializado de Trabajo,- 3° Juzgado Especializado de Trabajo,- 5° Juzgado Especializado de Trabajo,- 1º Juzgado de Paz Letrado Laboral, y- 2º Juzgado de Paz Letrado Laboral. La ceremonia de inauguración se realizará el 10 de agosto de 2020. Artículo Segundo.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 7 de agosto de 2020, en los órganos jurisdiccionales de la especialidad laboral (NLPT) de la Corte Superior de Justicia de Cusco, conforme al detalle siguiente: - 1º Sala Laboral, - 1º Juzgado Especializado de Trabajo,- 4º Juzgado Especializado de Trabajo,- 6º Juzgado Especializado de Trabajo,- 1º Juzgado de Paz Letrado Laboral, y- 2º Juzgado de Paz Letrado Laboral. La ceremonia de inauguración se realizará el 10 de agosto de 2020. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a las Cortes Superiores de Justicia del Callao y Cusco, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del Callao y Cusco; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1875717-2ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 865-2020-MP-FN Lima, 6 de agosto de 2020VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018, se nombró a la abogada Chesquian Milagros Romero Rivas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo señalado en los o fi cios Nros. 1594-2020-MP-FN-PJFSLIMASUR y 98-2020-ODCI-LIMA SUR, suscritos por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur y Tony Washington García Cano, Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lima Sur, respectivamente, así como el informe Nº 13-2020-FPEVCL-VES-LS-MP-FN, cursado por la abogada Helga Iovisa Ortega Toledo, Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Chesquian Milagros Romero Rivas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3356-2018-MP-FN, de fecha 26 de septiembre de 2018, así como la prórroga de los mismos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3826-2019-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Freddy Alberto Tasayco Poma, como Fiscal Adjunto Provincial