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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2020 (07/08/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Viernes 7 de agosto de 2020 / El Peruano Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Villa El Salvador. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación del personal fi scal señalado en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2020, en virtud a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 129-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1875806-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 866-2020-MP-FN Lima, 6 de agosto de 2020 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2609-2016-MP-FN, de fecha 27 de mayo de 2016, se nombró al abogado Emanuel Alexis Sullcahuamán Morán, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, desempeñándose actualmente en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Reglamento de Organización y Funciones, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución, que no genera más derechos que los inherentes al cargo provisional que se ejerce; tal como se ha fundamentado en reiteradas sentencias del Tribunal Constitucional. Que, en tal sentido, estando a lo señalado en los o fi cios Nros. 1556 y 1596-2020-MP-FN-PJFSLIMASUR, suscritos por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur; así como el o fi cio Nº 94-2020-ODCI-LIMA SUR, cursado por el abogado Tony Washington García Cano, Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Lima Sur, mediante el cual adjunta la razón emitida por el servidor James Vicente Pumacayo Puscan, Asistente Administrativo de la mencionada O fi cina Desconcentrada de Control Interno; así como los o fi cios S/Nº-2020-MP- FN-1ERA.FPP-VES, de fechas 02 y 17 de julio de 2020, respectivamente, cursados por la abogada Silvia Osorio Ruiz, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador, por los cuales remite los informes Nº 01 y 02-2020, y conforme a las prerrogativas de la titular del Ministerio Público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Emanuel Alexis Sullcahuamán Morán, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2609-2016-MP-FN, de fecha 27 de mayo de 2016, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Sarita Del Rosario Cobeñas Córdova, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El Salvador. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1875807-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen publicación de la síntesis de la parte resolutiva de Resoluciones Jefaturales por las que se concluyeron procedimientos administrativos sancionadores contra candidatos a Gobernadores y Vicegobernadores por no presentar la información financiera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 – ERM 2018 RESOLUCIÓN Nº 000006-2020-SG/ONPE Lima, 5 de agosto del 2020 VISTAS: Las Resoluciones Jefaturales N.º 000075-2020-JN/ ONPE; N.º 000076-2020-JN/ONPE; N.º 000077-2020-JN/ONPE; N.º 000078-2020-JN/ONPE; N.º 000079-2020-JN/ONPE; N.º 000083-2020-JN/ONPE; N.º 000084-2020-JN/ONPE; N.º 000085-2020-JN/ONPE; N.º 000086-2020-JN/ONPE; N.º 000087-2020-JN/ONPE; N.º 000088-2020-JN/ONPE; N.º 000089-2020-JN/ONPE; N.º 000090-2020-JN/ONPE; N.º 000096-2020-JN/ONPE; N.º 000097-2020-JN/ONPE; N.º 000098-2020-JN/ONPE; N.º 000101-2020-JN/ONPE; N.º 000102-2020-JN/ONPE; N.º 000103-2020-JN/ONPE; N.º 000104-2020-JN/ONPE; N.º 000105-2020-JN/ONPE; N.º 000106-2020-JN/ONPE; N.º 000109-2020-JN/ONPE; N.º 000110-2020-JN/ONPE; N.º 000111-2020-JN/ONPE: N.º 000112-2020-JN/ONPE; N.º 000113-2020-JN/ONPE; N.º 000114-2020-JN/ONPE; N.º 000115-2020-JN/ONPE; N.º 000116-2020-JN/ONPE; N.º 000117-2020-JN/ONPE y 000121-2020-JN/ONPE, mediante la cual la Jefatura Nacional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE, emitió sanción de acuerdo al Procedimiento Administrativo Sancionador iniciados contra los candidatos a Gobernadores y Vicegobernadores por no presentar la información fi nanciera de aportaciones