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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 4 de diciembre de 2020 El Peruano / establecido en los artículos 8 y 34 de la LEY y los artículos 157, 205 y 206 del REGLAMENTO. 1.4. Aprobar la liquidación de los contratos de obras derivadas de los respectivos procedimientos de selección. 1.5. Ejecutar otras atribuciones que en general la LEY y su REGLAMENTO con fi ere a la Entidad. 2. En otras materias:2.1. Ejercer las atribuciones establecidas en el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y las atribuciones establecidas en el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conforme a la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo antes mencionado; por tanto, podrá aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático a propuesta de la O fi cina de Presupuesto. 2.2. Resolver en última instancia, los recursos de apelación contra resoluciones expedidas por las gerencias en primera instancia, salvo aquellas materias que, por mandato de Ley, son de competencia indelegable del Despacho de alcaldía. 2.3. Declarar la nulidad de O fi cio en última instancia de las resoluciones emitidas por las gerencias de la Municipalidad Provincial del Cusco, cuando corresponda y de acuerdo a la normatividad vigente. 2.4. Dictar y aprobar directivas en materia de austeridad, personal y demás temas de carácter administrativo. 2.5. Declarar la nulidad de o fi cio o revocación de los actos administrativos de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento e implementación de la presente Resolución de Alcaldía a Gerencia Municipal y demás áreas administrativas competentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 1908842-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Socabaya (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Socabaya, mediante O fi cio N° 046-2020-MDS/A-SG, recibido el 2 de diciembre de 2020) ORDENANZA MUNICIPAL N° 241-MDS Socabaya, 4 de marzo del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Socabaya, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 04 de fecha 26 de febrero de 2020, ha adoptado. VISTOS: La Carta N° 004-2020/FLCH con Registro de Trámite Documentario Nº 01697 del 31/01/2020 del Consultor del TUPA, el Informe Técnico N° 001-2020-MDS/A-GM-OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Legal Nº 053-2020-MDS/A-GM-OAJ, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, la Constitución Política del Perú en sus artículos Nros. 74º y 195º señala que los Gobiernos Locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas mediante ordenanzas. Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad. Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal. Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario o fi cial El Peruano. El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 218-2018- MDS de fecha 28 de junio del 2018, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Socabaya, rati fi cada por la Municipalidad Provincial con Ordenanza N° 1122, la cual es necesario adecuar a la normativa vigente, de acuerdo a las modi fi caciones sustanciales de diferentes procedimientos de la Municipalidad. Que, mediante Carta N° 004-2020/FLCH, el Consultor hace llegar el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA y Estructura de Costos, el cual se encuentra enmarcado dentro de los alcances del D.S. N° 064-2010-PCM, Dec. Leg. N° 1256, que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. Que, mediante Informe Técnico N° 001-2020-MDS/ A-GM-OPP la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, informa que se ha alcanzado el Proyecto con el levantamiento de observaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Socabaya, de acuerdo al detalle descrito en el informe; asimismo concluye indicando que se ha consolidado el nuevo texto que consta de 168 procedimientos administrativos y servicios exclusivos debidamente adecuados y simpli fi cados conforme a la normativa vigente; por ello contando con la conformidad de las áreas respectivas otorga la Conformidad al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA y remite el expediente para el dictamen legal correspondiente para su posterior aprobación por parte del Concejo Municipal. Que, mediante Informe Legal N° 053-2020-MDS/A- GM-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica indica que se debe proseguir con el procedimiento para aprobación del TUPA de la Municipalidad Distrital de Socabaya, de acuerdo a la normativa vigente, al haberse cumplido con ajustar el presente documento con la basta legislación que sobre la materia existe, y al existir conformidad de cada área usuaria de los procedimientos que se detalla en el documento propuesto y que se encuentran insertos en