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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 / El Peruano – CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026- 2014-PCM, el Presidente del CONCYTEC tiene entre sus funciones la de designar a los funcionarios de entregar la información de acceso público, así como a los responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, por lo que mediante Resolución de Presidencia N° 029-2020-CONCYTEC-P de fecha 25 de febrero de 2020, se designó a partir del 01 de marzo de 2020, a la servidora Vicky Daniela Cornejo Pareja, Especialista Legal para la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, como responsable de entregar la información pública solicitada al CONCYTEC, en adición a sus funciones; Que, a través del Memorando N° 060-2020-CONCYTEC-TRANSPARENCIA de fecha 14 de diciembre de 2020, la servidora Vicky Daniela Cornejo Pareja informa que hará uso de su descanso físico vacacional del 21 al 31 de diciembre de 2020; Que, en ese sentido, mediante el informe de vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para continuar con la expedición de la Resolución de Presidencia que designe temporalmente, del 21 al 31 de diciembre de 2020, al Responsable de entregar la información pública solicitada al CONCYTEC, a fi n de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás normas legales aplicables, así como la continuidad en la entrega de la información pública solicitada al CONCYTEC; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la O fi cina General de Administración, y del Encargado de las funciones de la O fi cina de Personal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en la Ley Nº 30806, Ley que modi fi ca diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC y de la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar temporalmente, del 21 al 31 de diciembre de 2020, a la servidora Eliza Mariela Almendras Fernández, Especialista Legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, como Responsable de entregar la información pública solicitada al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, en adición a sus funciones, por los fundamentos técnicos y legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que concluida la designación temporal a que se re fi ere el artículo precedente, la servidora Vicky Daniela Cornejo Pareja, retome las funciones de Responsable de entregar la información pública solicitada al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia N° 029-2020-CONCYTEC-P. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a los servidores mencionados en los artículos precedentes, así como a todos los órganos del CONCYTEC, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC (www.gob.pe/concytec), en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BENJAMIN ABELARDO MARTICORENA CASTILLO Presidente (e) 1913556-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de noviembre de 2020 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 231-2020-INEI Lima, 18 de diciembre de 2020CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción; Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 02-11-2020/DTIE, referido a los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción para las Áreas Geográ fi cas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de Noviembre de 2020 y que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción, por lo que resulta necesario expedir la Resolución Jefatural correspondiente, así como disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, y; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Índices Uni fi cados de Precios de la Construcción (Base: julio 1992 = 100,0) para las seis (6) Áreas Geográ fi cas correspondientes al mes de Noviembre de 2020, que se indican en el cuadro siguiente: Á R E A S G E O G R Á F I C A S Cód. 1 2 3 4 5 6 Cód. 1 2 3 4 5 6 01 1016,95 1016,95 1016,95 1016,95 1016,95 1016,95 02 606,37 606,37 606,37 606,37 606,37 606,37 03 578,97 578,97 578,97 578,97 578,97 578,97 04 572,72 999,01 1101,84 594,49 441,77 768,19 05 454,17 222,60 435,91 609,72 (*) 633,92 06 1093,28 1093,28 1093,28 1093,28 1093,28 1093,28 07 781,81 781,81 781,81 781,81 781,81 781,81 08 962,33 962,33 962,33 962,33 962,33 962,33 09 303,24 303,24 303,24 303,24 303,24 303,24 10 450,41 450,41 450,41 450,41 450,41 450,41 11 263,78 263,78 263,78 263,78 263,78 263,78 12 327,79 327,79 327,79 327,79 327,79 327,79