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86 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 / El Peruano Capítulo II. Del procedimiento para las subastas Artículo 8. Anuncio de la subasta El anuncio de la subasta se realizará mediante el portal institucional del BCRP y los medios que el BCRP considere conveniente utilizar, como el servicio de mensajes de la empresa Datos Técnicos S.A. (D ATATEC), Bloomberg, entre otros. El anuncio incluirá el esquema de la Operación, el monto a subastar, la fecha de la subasta, la fecha de liquidación, la fecha de vencimiento, los haircuts , el plazo residual mínimo que deben tener los créditos objeto de la Operación, el número máximo de propuestas, la hora límite para la recepción de propuestas y los medios para su envío, entre otras condiciones aplicables a la subasta, a los créditos objeto de la Operación o a las EP adjudicatarias. Además, el BCRP podrá establecer montos máximos de adjudicación por EP. Cualquier información adicional relativa a cada subasta podrá ser obtenida por las EP en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Artículo 9. Presentación de las propuestasa) Requisitos generales Las propuestas deberán ser presentadas a la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera mediante el Módulo de Subastas Electrónicas (MSE) de DATATEC, en sobres cerrados, por facsímil u otro medio autorizado por el BCRP, dentro del horario establecido en el anuncio de la subasta. El importe total de las propuestas de una EP no deberá exceder el monto a subastar o el monto máximo por EP que establezca el BCRP. Si tal exceso ocurriese, el BCRP retirará el excedente, considerando para ello las propuestas de menor tasa de interés. Cada propuesta deberá contener la tasa de interés expresada como porcentaje con dos decimales y el monto expresado en múltiplos de S/ 100 000,00. Las propuestas son irrevocables y la EP es responsable de su cumplimiento si fuese favorecida con la adjudicación. b) Presentación de propuestas mediante el MSE La presentación de propuestas mediante el MSE de DATATEC se efectúa de acuerdo con el procedimiento establecido por esa empresa. La EP es responsable de adoptar las medidas de seguridad que permitan un uso adecuado de las claves de acceso al MSE de D ATATEC, con arreglo a sus procedimientos internos, pues queda obligada a vender la cartera de créditos. En caso la EP tuviese problemas para el envío de propuestas mediante el MSE de D ATATEC, podrá remitir sus propuestas a través de los medios autorizados por el BCRP siguiendo los procedimientos establecidos por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Estas propuestas deberán enviarse dentro del horario autorizado y sustituirán completamente las propuestas que se hubiesen enviado por el MSE de DATATEC. c) Envío de propuestas por otros medios Las propuestas presentadas en sobre cerrado serán entregadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que éste proporcione. Deben estar fi rmadas por funcionarios que cuenten con poderes su fi cientes. En el caso de las propuestas enviadas por facsímil, deberá señalarse la clave de seguridad que corresponda. Para tal fi n, se coordinará con cada EP el envío de claves de seguridad para ser usadas en los facsímiles. Cada sobre o envío por facsímil deberá contener una (1) propuesta. Artículo 10. Recepción de las propuestas El MSE de D ATATEC dará conformidad a la recepción de las propuestas enviadas por su intermedio. El BCRP no será responsable de las fallas de comunicación en el envío de las propuestas o de los resultados de la subasta. La recepción de propuestas remitidas por otros medios autorizados por el BCRP deberá con fi rmarse por teléfono en el Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Las EP podrán presentar, modi fi car o retirar sus propuestas hasta la hora límite de recepción indicada en la convocatoria, a partir de la cual las propuestas que aparezcan vigentes tendrán el carácter de irrevocables y serán consideradas en el proceso de adjudicación. Artículo 11. Procedimiento de Adjudicación Las propuestas serán adjudicadas, en primer lugar, comenzando por aquella que ofrezca la tasa de interés más alta, y continuando en orden descendente, hasta cubrir el monto de la subasta. En caso dos o más propuestas tuvieran la misma tasa de interés y el remanente de la cantidad subastada fuese insufi ciente para atenderlas en su totalidad, se distribuirá el remanente en la proporción que corresponda a cada propuesta sobre el total propuesto a la misma tasa de interés. Los montos así repartidos serán redondeados al múltiplo de S/ 100 000,00 superior o inferior, según corresponda. El BCRP podrá adjudicar un monto diferente al anunciado para la subasta o declararla desierta. La venta de la cartera de créditos se efectuará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 16 de la presente Circular. Artículo 12. Comunicación del resultado Realizada la adjudicación, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera publicará el resultado de la subasta en el portal institucional del BCRP y en los medios que considere conveniente, como D ATATEC y Bloomberg, entre otros. El acta con el resultado de la subasta estará a disposición de las EP, en la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a partir del día hábil siguiente de su ejecución. Capítulo III. Del procedimiento para las operaciones directas Artículo 13. Operaciones directas Las operaciones directas (fuera del mecanismo de subasta) se realizarán con arreglo a las condiciones y características que el BCRP determine y cuando alguna EP lo solicite. El BCRP indicará por algunos de los medios señalados en el Artículo 8, el esquema de la Operación, la fecha de liquidación, la fecha de vencimiento, los haircuts , el plazo residual mínimo que deben tener los créditos objeto de la Operación, entre otras condiciones aplicables a la operación directa, a los créditos objeto de la Operación o a las EP adjudicatarias. El BCRP podrá establecer montos máximos totales o por EP para cada operación directa. Artículo 14. Presentación de las solicitudes Las solicitudes de venta de cartera de créditos deberán ser presentadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, en el formulario que este proporcione. Las solicitudes se enviarán por los medios señalados en el anuncio, para lo cual deberá seguirse el respectivo procedimiento de envío de propuestas aprobado por la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera. Las solicitudes deberán ser presentadas en múltiplos de S/ 100 000,00, o en el múltiplo que señale el BCRP. Las solicitudes presentadas serán irrevocables y la EP que las envió será responsable de su cumplimiento. Artículo 15. Asignación Si el monto solicitado por una EP excede el límite establecido por el BCRP para dicha EP, se retirará el excedente. En caso se señale un monto máximo y el total