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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (19/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 El Peruano / En la inscripción lleva anotada la condición de duplicado, la cual contiene los nuevos datos, si corresponde. b) Del análisis del presente caso2.3 Que, en el presente caso, se advierte que el administrado ABEL CISNEROS ROJAS, según los alcances de lo informado por la Unidad de Grados y Títulos de la entidad, ha culminado sus estudios y ha obtenido el Grado de Bachiller en Enfermería y Título Profesional de Licenciado en Enfermería en la UNHEVAL, cuyos demás datos obran en el O fi cio Nº 00095-2020-UNHEVAL-UGT). 2.4 Así también, se advierte que dicho Profesional, ha sufrido la pérdida del original de sus Diplomas del Grado de Bachiller y Título Profesional expedido por la UNHEVAL (conforme se acredita con el certi fi cado de la denuncia policial), en tal sentido y en atención a los alcances del Ofi cio Nº 00095-2020-UNHEVAL-UGT, y en concordancia con los alcances de la Ley Nº 28626 y el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos aprobada mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU-CD, se debe expedir el duplicado de los diplomas del Grado de Bachiller en Enfermería y Título Profesional de Licenciado en Enfermería a favor del administrado ABEL CISNEROS ROJAS, para lo cual se deberá de proceder conforme a los alcances del Artículo 14º del Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU-CD; Que, en la sesión extraordinaria N° 32 de Consejo Universitario, del 10.MAR.2020, revisado la documentación, ante el sustento correspondiente y estando de acuerdo con los fundamentos expuestos en el informe legal, el pleno acordó: 1. Anular el FORMATO N° A514410, correspondiente al Bachiller en Enfermería de don ABEL CISNEROS ROJAS, por motivo de pérdida; precisando la validez del contenido. 2. Anular el FORMATO N° A503703, correspondiente al Título de Licenciado en Enfermería de don ABEL CISNEROS ROJAS, por motivo de pérdida; precisando la validez del contenido. 3. Otorgar el duplicado del Diploma del Bachiller en Enfermería a don ABEL CISNEROS ROJAS, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el 21.OCT.2004, por motivo de pérdida del diploma original. 4. Otorgar el duplicado del Diploma del Título de Licenciado en Enfermería a don ABEL CISNEROS ROJAS, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el 16.ENE.2004, por motivo de pérdida del diploma original. 5. Precisar que la expedición de los duplicados del Bachiller y del Título a favor de don ABEL CISNEROS ROJAS, anula automáticamente los diplomas anteriores, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento del grado y del título. 6. Encargar a la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL informar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU, respecto a la anulación y duplicado de los diplomas expedidos. 7. Remitir todo lo actuado a la Jefatura de la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL, para que proceda conforme a sus atribuciones y acciones correspondientes; Que el Rector remite el caso a Secretaría General, con el Proveído Nº 0297-2020-UNHEVAL-CU/R, para que se emita la resolución correspondiente; Estando a las atribuciones conferidas al Rector por la Ley Universitaria N° 30220, por el Estatuto y el Reglamento de la UNHEVAL, la Resolución N° 050-2016-UNHEVAL-CEU, del 26.AGO.2016, del Comité Electoral Universitario, que proclamó y acreditó, a partir del 02.SET.2016 hasta el 01.SET.2021, a los representantes de la Alta Dirección; por la Resolución Nº 2780-2016-SUNEDU-02-15.02, del 14.OCT.2016, que resolvió proceder a la inscripción de las fi rmas de las autoridades de la UNHEVAL en el Registro de Firma de Autoridades Universitarias, Instituciones y Escuelas de Educación Superior de la SUNEDU;SE RESUELVE: 1º ANULAR el FORMATO N° A514410, correspondiente al Bachiller en Enfermería de don ABEL CISNEROS ROJAS, por motivo de pérdida; precisando la validez del contenido; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 2º ANULAR el FORMATO N° A503703, correspondiente al Título de Licenciado en Enfermería de don ABEL CISNEROS ROJAS, por motivo de pérdida; precisando la validez del contenido; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 3º OTORGAR el duplicado del Diploma del Bachiller en Enfermería a don ABEL CISNEROS ROJAS, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el 21.OCT.2004, por motivo de pérdida del diploma original; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 4º OTORGAR el duplicado del Diploma del Título de Licenciado en Enfermería a don ABEL CISNEROS ROJAS, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, el 16.ENE.2004, por motivo de pérdida del diploma original; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 5º PRECISAR que la expedición de los duplicados del Bachiller y del Título a favor de don ABEL CISNEROS ROJAS, anula automáticamente los diplomas anteriores, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento del grado y del título; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 6º ENCARGAR a la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL informar a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU, respecto a la anulación y duplicado de los diplomas expedidos; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 7º REMITIR todo lo actuado a la Jefatura de la Unidad de Grados y Títulos de la UNHEVAL, para que proceda conforme a sus atribuciones y acciones correspondientes; por lo expuesto en los considerandos precedentes. 8º DAR A CONOCER la presente Resolución a los órganos competentes y al interesado. Regístrese, comuníquese y archívese.REYNALDO M. OSTOS MIRAVAL Rector YERSELY K. FIGUEROA QUIÑONEZ Secretaria General 1913198-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman el contenido del Oficio Nº 1287-2020-DNROP/JNE, que denegó atender solicitud de rectificación de inscripción de renuncia de afiliación al Partido Nacionalista Peruano RESOLUCIÓN Nº 0498-2020-JNE Expediente Nº JNE.2020033918 LIMADNROPRECURSO DE APELACIÓN Lima, tres de diciembre de dos mil veinteVISTO, en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto el 30 de octubre de 2020, por Isabel López Huarancca, en contra del O fi cio Nº 1287-2020-DNROP/JNE, de fecha 23 de octubre de 2020, que denegó atender su solicitud de recti fi cación de inscripción de renuncia al Partido Nacionalista Peruano en los términos que plantea.