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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (20/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Domingo 20 de diciembre de 2020 / El Peruano Que, por Ordenanza Municipal Nº 273-2019-MDP, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2020 de la Municipalidad Distrital de Pucusana, el mismo que fue ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 358 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 08 de enero de 2020; Que, mediante Informe Nº 131-2020/GRAT/MDP de fecha 21.09.2020, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria propone la aprobación de la Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021; Que, mediante Memorándum Nº 462-2020-GM/ MDP de fecha 21.09.2020, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión legal a la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe Nº 301-2020/GAJ/MDP de fecha 22.09.2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable con relación a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021; Que, mediante Memorándum Nº 495-2020-GM/MDP de fecha 21.09.2020, la Gerencia Municipal solicita la emisión de opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Informe Nº 103-2020-GPP/MDP de fecha 28.09.2020, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable respecto a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021; Que, estando a lo señalado en los informes mencionados y las disposiciones legales citadas, se recomienda la aprobación Ordenanza Municipal que aprueba el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2021; ESTANDO A LO EXPUESTO Y CONFORME A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LOS ARTÍCULOS 9º, 39º Y 41º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA, SE APROBÓ LO SIGUIENTE: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 287-2020/MDP QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2021 Artículo Primero.- MARCO LEGAL APLICABLE.- Aplíquese para el ejercicio 2021, el marco legal, criterios de distribución y tasas aplicables a los arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, establecidos mediante Ordenanza Nº 238-2017-MDP, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 472-MML, publicado el 22 de Diciembre de 2018. Artículo Segundo.- DETERMINACION DEL COSTO Y LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES.- Aprobar para el ejercicio 2021, los costos y las tasas establecidas por los servicios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, aprobados en la Ordenanza Municipal Nº 273-MDP, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 358-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, reajustados por el Índice de Precios al Consumidor acumulado al mes de Agosto ascendente a 1.24% establecido mediante Resolución Jefatural Nº 161-2020-INEI publicado en el diario el Peruano el 01 de Setiembre del 2020.Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL INFORME TÉCNICO FINANCIERO.- Apruébese el Informe Técnico Financiero que da cuenta del sustento para la determinación de los costos y las tasas por los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, así como la estimación de ingresos por la prestación de los mencionados servicios para el ejercicio 2021. Artículo Cuarto.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO.- Los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines así como de serenazgo son tributos de periodicidad Trimestral, cuyos vencimientos son los siguientes: Primera Cuota: 26 de Febrero Segunda Cuota: 31 de MayoTercera Cuota: 31 de AgostoCuarta Cuota: 30 de Noviembre Artículo Quinto.- VIGENCIA.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2021 siempre que previamente se haya cumplido con su publicación y la del Acuerdo de Concejo rati fi catorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- PUBLICACIÓN EN DIRECCION ELECTRÓNICA DEL SAT.- El texto íntegro de la Ordenanza, así como el acuerdo rati fi catorio respectivo será publicado en la dirección electrónica del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT, www.sat.gob.pe y en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTESE al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza y prorrogue su fecha de vencimiento de ser el caso. Segunda.- DEROGUESE toda norma que se oponga a la presente. VICTOR ELOY ESPINOZA PEÑA Alcalde INFORME TÉCNICO FINANCIERO: EJECUCION DE COSTOS DE LOS SERVICIOS DE BARRIDO DE CALLES, RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO 2021 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA 1) ANTECEDENTES En aplicación a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal relacionado con la aprobación anual de los Arbitrios Municipales, la Subgerencia de Registro Tributario y Recaudación efectuó el análisis de los gastos ejecutados correspondientes al mes de Agosto del presente año, señalando que no se evidencia variación sustancial con la proyección efectuada con los costos proyectados para el ejercicio 2020, aprobados mediante Ordenanza Nº 273-2019/MDP, la misma que fue rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 358-MML publicado el 08 de Enero del 2020. Habiéndose realizado el análisis de la información presentada por las áreas operativas prestadoras de los servicios públicos; tales como Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos (encargada de brindar los servicios de Barrido de Calles, de Recolección de Residuos Sólidos, de Parques y Jardines y Serenazgo) ha informado con Memorándum Nº 011-2020-GSPYMA-MDP y el Informe 0222-2020-SGSCYPM/GGAYSP/MDP, que los recursos que se vienen asignando les ha de permitir mantener el nivel de servicio de calidad que actualmente