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25 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de enero de 2020 El Peruano / junio de 2019 que adjunta el Informe Nº 231-2019-EF/61.01 del 14 de junio de 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas remite la lista de servicios y contratos de construcción susceptibles de acogimiento al Régimen por parte de la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., para el desarrollo del proyecto de inversión denominado “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”; Que, mediante el Informe Técnico Nº 135-2019-DSI y el Informe Legal Nº 122-2019-DSI, PROINVERSIÓN ha concluido que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 y se encuentra adecuada a los requerimientos de dicho Decreto Legislativo; Que, por Informe Nº 46-2019-MINCETUR/VMT/DGET/ DPDT-CSZ e Informe Legal Nº 062-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-LFBC, la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, emite opinión técnica y legal y concluye que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., para el desarrollo del proyecto de inversión denominado “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”, cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2. del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar como empresa cali fi cada, para efecto del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, a la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., por el desarrollo del proyecto denominado “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”. Artículo 2.- Monto de compromiso de inversión Establecer, que el monto de compromiso de la inversión a cargo de la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., asciende a la suma de US $ 5 009 734,00 (Cinco Millones Nueve Mil Setecientos Treinta y Cuatro y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin incluir I.G.V. Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión y cronograma de ejecución de inversiones Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, un (1) año, nueve (9) meses y dos (2) días, contados a partir del 10 de mayo del 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., hasta el 12 de febrero de 2021. Asimismo, de conformidad con el cronograma de ejecución de inversiones adjunto a la presente Resolución, la fecha de inicio del proyecto de inversión empieza el 2 de enero de 2019 y culmina el 12 de febrero de 2021, con lo cual el proyecto se ejecutará en dos (2) años, un (1) mes y diez (10) días. Artículo 4.- Período de las muestras, pruebas y ensayos El periodo de Marcha Blanca está considerado del 4 de enero al 12 de febrero de 2021, y considera las muestras, pruebas y ensayos. Artículo 5.- Requisitos y características del proyecto. Para efectos del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto legislativo Nº 973, el proyecto denominado “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”, generará renta de tercera categoría, el compromiso de inversión para la ejecución de dicho proyecto es superior a monto mínimo de Cinco Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00), sin IGV; y, que tal proyecto cuenta con una etapa pre productiva mínima de dos años. Artículo 6.- Cobertura del régimen El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se re fi ere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 973 y normas reglamentarias aplicables establece que consiste en la devolución del IGV que grava las importaciones y/o adquisiciones locales de servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa pre productiva, que se señala en el Anexo I de la presente Resolución Ministerial; y siempre que se utilicen directamente en la ejecución del compromiso de inversión del proyecto denominado “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”, durante el período señalado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 7.- Aprobación de la lista de servicios y contratos de construcción y del cronograma de ejecución de inversiones Aprobar la lista de servicios y contratos de construcción a favor de la empresa WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI S.R.L., aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y el cronograma de ejecución de inversiones que se adjuntan como Anexos de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV del Proyecto “WINE BOUTIQUE HOTEL DI CAMPI”. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VÁSQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo ANEXO SERVICIOS Nº CIIU Descripción 6910 ACTIVIDADES JURÍDICAS 1 Servicios de Asesoría Legal. 6920ACTIVIDADES DE CONTABILIDAD, TENEDURIA DE LIBROS Y AUDITORIA; CONSULTORIA FISCAL 2 Servicios de Asesoría Contable y Tributario. 7020 ACTIVIDADES DE CONSULTORÍA DE GESTIÓN 3 Servicios de consultoría en dirección y gestión hotelera.4 Servicios de consultoría de gestión Administrativa. 7110ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA Y ACTIVIDADES CONEXAS DE CONSULTORÍA TÉCNICA 5 Servicio de supervisión técnica de obra civil y gerenciamiento de proyecto. 6 Servicios de Arquitectura e Ingenierías. 7320ESTUDIOS DE MERCADO Y ENCUESTAS DE OPINIÓN PÚBLICA 7 Servicios para la elaboración de estudios de mercado. 7410 ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS DE DISEÑO 8 Servicios de diseño de interiores. CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Nº CIIU Descripción 4100 CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS 1 Contrato de Construcción EPC de Construcción Completa de Obra Civil. 4290 CONSTRUCCIÓN DE OTRAS OBRAS DE INGENIERIA CIVIL 2 Contrato de Construcciones de Cerco perimétrico 4322INSTALACIÓN DE FONTANERÍA, CALEFACCIÓN Y AIRE ACONDICIONADO 3 Servicio de instalación de sistema de calefacción y aire acondicionado. 4330 TERMINACIÓN Y ACABADOS DE EDIFICIOS 4Contrato de instalación de mobiliario EPC y acabado de edi fi cios completos.