Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2020 (10/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de enero de 2020 /

El Peruano

Que, mediante Memorando N° 012-2020-GGOSITRAN la Gerencia General expresó que el mencionado proyecto de Resolución de Presidencia cuenta con su conformidad y lo remitió a la Presidencia, debidamente visado para su trámite respectivo; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF modificado por Decreto Supremo N° 376-2019-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal en las entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Jefatural Nº 01982-INAP/DIGESNAP; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2017-EF; la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 que aprueba la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, Directiva de Tesorería, y sus modificatorias; la Resolución Directoral Nº 0312014-EF/52.03, que establece Disposiciones Adicionales para el Traslado de Fondos a la CUT, Disposiciones para las Municipalidades, Procedimiento para la Designación y Acreditación de Responsables de Cuentas ante la DGETP y modifican la Resolución Directoral Nº 053-2013-EF52.03; el Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Supremo Nº 035-2001PCM, que aprueba el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, y sus Disposiciones Complementarias, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 040-2015-CDOSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN; SE RESUELVE:

propuesta de acuerdo conciliatorio, conforme a lo previsto en el numeral 224.2 del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.12. Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en arbitraje institucional como el ad hoc. 1.13. Suscribir convenios conforme a lo previsto en el numeral 109.1 del artículo 109 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias 1.14. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Ordinarios. 1.15. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Ordinarios. En materia de Recursos Humanos 1.16. Autorizar las encargaturas de personal con responsabilidad directiva. 1.17. Designar en cargos de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción que forman parte del entorno funcional de la Gerencia General. 1.18. Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP, y sus modificatorias. En materia de Tesorería 1.19. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del OSITRAN. 1.20. Abrir cuentas en una entidad financiera distinta del Banco de la Nación. En materia de Contabilidad 1.21. Suscribir con periodicidad trimestral, semestral y de cierre del ejercicio fiscal, los estados financieros y presupuestarios a ser remitidos a la Dirección General de Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República. En materia de Presupuesto Público

Artículo 1.- Delegar en el Gerente General las siguientes atribuciones: En materia de contrataciones en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 3442018-EF, modificado por Decreto Supremo N° 377-2019EF 1.1. Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones. 1.2. Aprobar la estandarización de bienes y servicios. 1.3. Autorizar a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o valor referencial. 1.4. Aprobar los expedientes de contratación correspondiente a las Licitaciones y Concursos Públicos, de las Contrataciones Directas cuyo valor referencial corresponda a una Licitación o Concurso Público. 1.5. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección: licitaciones públicas y concursos públicos. 1.6. Resolver recursos de apelación de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. 1.7. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección. 1.8. Declarar la nulidad del procedimiento de selección, en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley. 1.9. Aprobar las contrataciones directas reguladas en los supuestos e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. 1.10. Aprobar prestaciones adicionales y reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultorías. 1.11. Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la

1.22. Aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en el marco de lo previsto por el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias. Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración las siguientes atribuciones: En materia de contrataciones en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 3442018-EF, modificado por Decreto Supremo N° 377-2019EF 2.1. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas que no correspondan a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. 2.2. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección para la contratación de consultores individuales. En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias 2.3. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Abreviados. 2.4. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Abreviados.

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