Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2020 (11/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 11 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por R.A. N° 351-98-SE-TP-CME- PJ. 3. Al respecto, el artículo 21° del citado reglamento establece que: "Anualmente el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente". 4. De acuerdo a lo dispuesto por el TUPA del Poder Judicial - Procedimiento Nº 35, aprobado por R.A. N° 213-2017-CE-PJ, para la revalidación de Inscripción de Perito Judicial se requiere la presentación de solicitud dirigida al Gerente de Administración Distrital y el comprobante -en original- de pago por el derecho correspondiente. 5. Por lo señalado, y lo dispuesto en los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta pertinente emitir el acto administrativo para el proceso de revalidación de la Inscripción de Peritos Judiciales en esta CSJ - Lima Norte, por lo que la Presidencia: RESUELVE Artículo Primero.- DISPONER la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales para el año judicial 2020, que se encuentran en la Nómina de Peritos Judiciales aprobada por Resolución Administrativa R.A. N°192-2019-P-CSJLN/PJ y que hubieran pagado su derecho de inscripción para el año 2019. Artículo Segundo.- DISPONER que la presentación de solicitudes para la Revalidación de la Inscripción de los señores Peritos Judiciales para el año Judicial 2020 se realizará en la Oficina de REPEJ de la CSJ Lima Norte, del 07 al 21 de enero de 2020, siendo el plazo improrrogable. Artículo Tercero.- DISPONER que para la revalidación de inscripción de Peritos todos los Profesionales Colegiados inscritos en la actual Nómina de Peritos Judiciales de esta Corte, además de cumplir con lo establecido en el TÚO del Poder Judicial deberán presentar una declaración jurada indicando que se encuentran habilitados por su respectivo Colegio Profesional, exceptuándose de dicha declaración a los especialistas no agremiados. Artículo Cuarto.- PRECISAR que los peritos judiciales, en caso de actualizar sus datos personales, deberán poner de conocimiento de la Oficina de REPEJ de esta CSJ. Artículo Quinto.- PRECISAR que sólo serán designados para actuar como Peritos Judiciales en el ejercicio 2020, los profesionales y/o especialistas que hayan cumplido con revalidar su inscripción en el Registro de Peritos Judiciales de este distrito judicial, por lo que oportunamente se aprobará y publicará la nómina correspondiente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Coordinación de Servicios Judiciales a través de la Oficina de REPEJ, de manera adicional oficie a los Colegios Profesionales para hacer de conocimiento de sus agremiados, las disposiciones del proceso de revalidación; y, en el caso de las demás especialidades realizar la comunicación a través del correo electrónico registrado ante el REPEJ de la Corte Superior de Lima Norte. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Coordinación de Servicios Judiciales coordine con la Oficina de Prensa e Imagen Institucional de este Distrito Judicial, la difusión de la presente resolución administrativa a través de la página web y del correo institucional y de las redes sociales oficiales. Artículo Octavo.- PONER la presente resolución a conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, del Jefe del Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales y a la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, Oficina de Imagen Institucional para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICENTE A. PINEDO COA Presidente 1844653-1

Aprueban propuesta de reconformación de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial y la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000022-2020-P-CSJLS-PJ Villa María del Triunfo, 8 de enero de 2020. VISTO: El Oficio N° 001-2020-CSJLIMASUR/PJ, cursado por la Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Mediante Oficio N° 001-2020-CSJLIMASUR/PJ, la Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, solicita la aprobación de la reconformación de los Magistrados del Órgano de Línea que integran la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) Lima Sur. Por Sesión de Sala Plena N° 005-2014, de fecha 05 de septiembre de 2014, se acordó por unanimidad facultar al Presidente de esta Corte, para que apruebe las nóminas propuestas por el Jefe de la Oficina de Control, dando cuenta a la Sala Plena. En tal sentido, a fin de garantizar el normal funcionamiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, corresponde reconformar e incorporar a los magistrados que detalla en el Oficio N°001-2020-CSJLIMASUR/PJ, tanto en la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial como en la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas del referido Órgano de Control, conforme a la propuesta realizada por la Jefa de dicha Oficina. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en pro de los justiciables. Por tanto, en uso de las facultades conferidas al suscrito mediante Acuerdo de Sala Plena N° 005-2014, así como, por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la propuesta de reconformación de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial y la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, dando cuenta a la Sala Plena, la misma que queda conformado de la siguiente manera:
· Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial · Juez Superior: Vicente Ferrer Flores Arrascue · Juez Superior: Juan Carlos Huamancayo Pierrend (En alternancia) · Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas · Juez Superior: Ricardo Tóbies Ríos (Encargado del área de calificaciones de quejas y denuncias) · Juez Superior: Luis Alberto Quispe Choque · Juez Especializado Civil: Julio César Arbieto Huansi · Juez Especializado Familia: Jana Paola Tellez Pérez (T) (P) (T) (T) (T) (P)

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