Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2020 (11/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de enero de 2020 /

El Peruano

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada "INSPECCIONES VEHICULARES TÉCNICAS PERÚ S.A.C. ­ IVETEC PERU S.A.C.", a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral deberá publicarse en el Diario Oficial "El Peruano", siendo de cargo de la empresa "INSPECCIONES VEHICULARES TÉCNICAS PERÚ S.A.C. ­ IVETEC PERU S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Artículo 6º.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal ubicado en Calle Paujiles s/n Mz. I Lt. 33, Etapa 2 ­ Piso 3,

Cooperativa Huancayo, distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANET PATRICIA ARIAS VALDIVIA Directora de Circulación Vial Dirección General de Autorizaciones en Transportes 1834916-1

Autorizan como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa "Aplicación Tecnológica del Automóvil IRH S.A.C."
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 450-2019-MTC/17.03 Lima, 19 de diciembre de 2019 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta Nº E-344105-2019 presentada por la empresa "APLICACIÓN TECNOLOGICA DEL AUTOMOVIL IRH

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REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).
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