Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2020 (11/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Sábado 11 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor HAMILTON DANIEL PONCE DOMINGUEZ, en el cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao ­ ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor HAMILTON DANIEL PONCE DOMINGUEZ y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU 1844682-1

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Formalizan la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00002-2020/CEPLAN/PCD Lima, 10 de enero de 2020 VISTO: El Informe N° D000004-2020-CEPLAN/ OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000002-2020-CEPLAN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. Que, de conformidad con el literal d) del numeral 7.2 del artículo 7° de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/ PCD, las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales (PEI) y los planes operativos institucionales (POI); Que, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobado por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias, el Plan Operativo Institucional comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales definidas en el Plan Estratégico Institucional, por un período no menor de tres años, respetando el período de vigencia del PEI, además, establece los recursos financieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual, en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que para contar con el Plan Operativo Anual, la entidad con base en el Plan Operativo Institucional Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad, para ello una vez aprobado el Presupuesto

Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el ámbito del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, mediante Decreto Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año fiscal 2020, y por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00053-2019/CEPLAN/PCD, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 016: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. Que, el Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, en la Centésima Octogésima Octava Sesión (188°) Sesión extraordinaria, modalidad virtual, ha aprobado el Plan Operativo Institucional 2020 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, mediante Informe N° D000004-2020-CEPLANOPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitió el Plan Operativo Institucional - POI 2020, para la formalización de su aprobación conforme al procedimiento establecido; Con el visado del Director Ejecutivo, del Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; De conformidad con lo señalado el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Directiva 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD; la Guía para el Planeamiento Institucional, modificada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 016-2019/CEPLAN/PCD y modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y en uso de las facultades otorgadas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020, con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2019, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer el cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) 2020 por todos los órganos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, bajo responsabilidad. Artículo 3°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2020. Artículo 4°.- Disponer que la Oficina General de Administración gestione la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de su respectivo anexo en el portal institucional www.ceplan.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER EDMUNDO ABUGATTÁS FATULE Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 1844514-1

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