Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2020 (14/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Martes 14 de enero de 2020 /

El Peruano

Nombran Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior de Familia de Lima
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 040-2020-MP-FN Lima, 13 de enero de 2020 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 8671-2019-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la abogada Gladys Nancy Fernández Sedano, en ese entonces encargada de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, mediante el cual eleva la propuesta formulada por la abogada Cecilia Gabriela Gonzáles Fuentes, Fiscal Superior Titular de Familia de Lima, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior de Familia de Lima, para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Superior, en su Despacho, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; en consecuencia, se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Noemí Antonieta Estela Nalvarte, Fiscal Provincial Titular de Familia de Lima, Distrito Fiscal de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial de Familia de Lima, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 502-2019-MP-FN, de fecha 12 de marzo de 2019. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Noemí Antonieta Estela Nalvarte, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior de Familia de Lima, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1845269-2

setiembre de 2019; la Hoja de Elevación Nº 000004-2019/ GRE/RENIEC (09ENE2019) y el Informe Nº 000002-2019/ GRE/RENIEC (09ENE2020) de la Gerencia de Registro Electoral; el Informe N° 000008-2020/GAJ/SGAJR/ RENIEC (13ENE2020) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000020-2020/GAJ/RENIEC (13ENE2020) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Ley N° 30673, Ley que modifica la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas; La Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones; La Ley 27683, Ley de Elecciones Regionales y la Ley 26864, Ley de Elecciones Municipales, con la finalidad de uniformizar el cronograma electoral; publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de octubre de 2017; se dispuso la modificación ­entre otros­ del artículo 201º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones Regionales, relacionada al cierre del padrón electoral, estableciendo que en todos los procesos electorales, el padrón electoral se cierra trescientos sesenta y cinco (365) días calendario antes de la fecha de la respectiva elección, y comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente; Que mediante Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de setiembre de 2019, el Poder Ejecutivo dispuso la disolución del Congreso de la República y la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso, para el día domingo 26 de enero de 2020, para que complete el período constitucional del Congreso disuelto; Que atendiendo a las nuevas disposiciones normativas, mediante Resolución Jefatural Nº 1632019/JNAC/RENIEC (02OCT2019) publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 de octubre de 2019, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, dispuso con eficacia anticipada el cierre del Padrón Electoral con fecha 30 de setiembre de 2019, para efecto del desarrollo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 a llevarse a cabo el día domingo 26 de enero de 2020; a través del cual, se consideró en el padrón electoral a los menores de edad que cumpliesen en la fecha de la elección la mayoría de edad, conforme las disposiciones normativas vigentes; Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el proceso electoral convocado, deben emplear su Documento Nacional de Identidad - DNI, teniendo en cuenta su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37° de la citada Ley, el Documento Nacional de Identidad ­ DNI, tiene una vigencia de ocho (08) años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 26497 y el artículo 95° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el Documento Nacional de Identidad - DNI que no sea renovado perderá su vigencia, reseñando la imposibilidad de realizar los actos señalados en el artículo 84° del mencionado Reglamento; Que la situación expuesta podría limitar la participación de los ciudadanos en el proceso electoral previsto para el domingo 26 de enero de 2020, resultando necesario establecer los lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participación ciudadana contenidos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Prorrogan excepcionalmente, hasta el domingo 26 de enero de 2020, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 y admiten los DNI de menor de edad
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000006-2020/JNAC/RENIEC Lima, 13 de enero de 2020 VISTOS: El Decreto Supremo Nº 165-2019-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de

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