Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2020 (18/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 18 de enero de 2020 /

El Peruano

Peruano el 22 de noviembre de 2017; se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, el cual recoge los procedimientos administrativos pertinentes para la atención de las disposiciones legales vigentes sobre procedimientos del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe); Que en ese contexto, mediante documento de vistos la Jefatura Regional 10 ­ Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales, señala que de las coordinaciones efectuadas con la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a partir del Convenio de Cooperación Interinstitucional celebrado con dicha municipalidad el 24 de mayo de 2018, la municipalidad antes mencionada ha cedido al RENIEC un ambiente ubicado dentro de sus instalaciones, sito en Jirón Los Amautas Nº 180, Urbanización Zárate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, para el funcionamiento de una Entidad de Registro del Estado Peruano (EREP), a cargo de la Jefatura Regional 10 ­ Lima, situación que beneficiará al distrito de San Juan de Lurigancho con más de un (01) millón de habitantes; Que por su parte, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos señala que la creación de la Agencia EREP San Juan de Lurigancho coadyuva al cumplimiento del objetivo institucional que es fortalecer los servicios de registros de la identidad y de la identificación en beneficio de la población, permitiendo así acercar los servicios de identificación que el RENIEC brinda a los ciudadanos; Que asimismo, la Gerencia de Operaciones Registrales señala que de acuerdo con las coordinaciones efectuadas en la implementación de la EREP de San Juan de Lurigancho, propone como fecha de inicio de actividades el 20 de enero de 2020; Que en ese contexto, la Gerencia de Planificación y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la apertura de la Oficina EREP en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, dado que ello no implicará mayores recursos presupuestales a la institución, y más aun considerando su contribución al logro de los objetivos estratégicos institucionales del RENIEC; Que asimismo la Gerencia de Registros de Certificación Digital, a través de los documentos de vistos, señala que la nueva oficina EREP Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, cuenta con los equipos necesarios para el inicio de operaciones para el registro y entrega del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe); Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, opina favorablemente sobre la apertura de una Oficina de Entidad de Registro del Estado Peruano (EREP) en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; Que teniendo en consideración lo expuesto y lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante documento de vistos, emite opinión considerando que resulta viable la apertura de una Oficina de Entidad de Registro del Estado Peruano (EREP) en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a cargo de la Jefatura Regional 10 ­ Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Que mediante la Resolución Jefatural N° 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria; lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a partir del 20 de enero de 2020, la apertura de una Oficina de Entidad de Registro

del Estado Peruano (EREP) en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, la cual se encuentra ubicada en Jirón Los Amautas Nº 180, Urbanización Zárate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a cargo de la Jefatura Regional 10 - Lima de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1846993-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de Analista de Microfinanzas I del Departamento de Análisis de Microfinanzas de la SBS a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 0232-2020 Lima, 15 de enero de 2020 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del Instituto Mexicano de Economía del Comportamiento para participar en el curso "Behavioral Design Intensivo", que se realizará del 20 al 24 de enero de 2020 en Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, que tiene por objetivo abordar los principios de la economía conductual y sus enfoques para la toma de decisiones, identificación de sesgos cognitivos y heurísticos, entre otros; La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo y contribuye con la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; y que los temas que se desarrollarán en el referido evento redundarán en beneficio del sistema financiero nacional, así como en el ejercicio de las funciones de supervisión y regulación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 6181-2019 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2020; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señorita Antonella Patricia García Bianchi, Analista de Microfinanzas I del Departamento de Análisis de Microfinanzas de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 19 al 25 de enero de 2020 a Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quien dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2°.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto

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