Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2020 (18/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 18 de enero de 2020

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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permitan prevenir feminicidios o tentativas de feminicidios y poder adoptar medidas oportunas a favor de las personas víctimas de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar". Que, con Memorándum Nº 1139-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 27 de setiembre del 2019, suscrita por la Directora Regional de Asesoría Jurídica, remite al Gerente Regional de Desarrollo Social ­ Lic. Clever Ricardo Untiveros Lazo, el Informe Legal Nº 447-2019-GRJ/ORAJ, de fecha 27 de setiembre del 2019, suscrito por el Abog. Denis Lazo Cañete CAJ: 3977. Que, con Reporte Nº 363-2019-GRJ-ORAJ, de fecha 02 de octubre del 2019, suscrita por la Directora Regional de Asesoría Jurídica, remite al Gerente General Regional, donde señala que es procedente que el Consejo Regional emita las Ordenanzas Regionales. Que, con Informe Nº 47-2019-GRJ/GGR, de fecha 07de octubre del 2019, suscrito por el Gerente General Regional, remite al Consejero Delegado del Gobierno Regional de Junín ­ Consejero Saúl Arcos Galván, solicitando que en sesión ordinaria de Consejo Regional se evalúe, discuta y autorice aprobar con ordenanza regional los siguientes protocolos: 1. Actualización del Protocolo Interinstitucional de Acción frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, contando con Dictamen favorable Nº 002-2019-GRJ-CR/CPDHMF de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de La Mujer y La Familia en concordancia con su Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por UNANIMIDAD lo siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DEL PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL DE LA ACCIÓN FRENTE AL FEMINICIDIO, TENTATIVA DE FEMINICIDIO Y VIOLENCIA DE PAREJA DE ALTO RIESGO" ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR, la Actualización del Protocolo Interinstitucional de Acción Frente al Feminicidio, Tentativa de Feminicidio y Violencia de Pareja de Alto Riesgo. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, e Instituciones competentes la difusión, seguimiento e implementación de la presente Ordenanza Regional en el marco de sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la elaboración del reglamento correspondiente. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Secretaria Ejecutiva del consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario oficial El Peruano. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 19 días del mes de Noviembre de 2019. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado POR LO TANTO: Mando, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 25 días de mes de Noviembre de 2019. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 1846304-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Ordenanza que otorga beneficios e incentivos por el Pronto Pago de Tributos Municipales 2020 y establece el cronograma de vencimiento de Tributos Municipales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 440-2019-MDCH Chaclacayo, 30 de diciembre de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHACLACAYO. VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Memorando Nº 852-2019-GM/MDCH de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 254-2019-GAJ/MDCH de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 177-2019-SGREC-GAT/ MDCH de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía, mediante el cual se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Que, el Art. 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 1332013-EF, señala que "Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de Contribuciones y Tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al Tributo". Que, el Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, regula la forma de pago del Impuesto Predial, estableciendo que los pagos pueden efectuarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las siguientes los últimos días hábiles de los meses de mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Que, la Ordenanza Nº 300-2013-MDCH establece que los arbitrios son tributos de periodicidad mensual y su vencimiento se produce por período trimestral, por tanto es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020. Que, con la finalidad de incentivar el cumplimiento voluntario de los vecinos del distrito de Chaclacayo respecto del pago de sus obligaciones tributarias, consideramos viable brindar beneficios de descuentos por el pago anual adelantado (o Pronto Pago) de los Arbitrios Municipales 2020, lo que ha de redundar positivamente en el cumplimiento tributario. Que, con Informe Nº 245-2019-GAJ/MDCH la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de Ordenanza que Aprueba el cronograma de vencimiento de pago de tributos municipales y otorga incentivos por el "Pronto Pago" de los Arbitrios Municipales 2020, se encuentra acorde con el ordenamiento jurídico vigente.

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