Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2020 (20/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Lunes 20 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. la apertura de agencia en el departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN SBS Nº 0142-2020 Lima, 9 de enero de 2020 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito lca S.A. - CMAC lca S.A., para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en Calle Ancash N° 141, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura del citado local; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito lca S.A. la apertura de una Agencia ubicada en Calle Ancash N° 141, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. MYRIAM CÓRDOVA LUNA Intendente General de Microfinanzas (a.i.) 1847006-1

La Resolución Ejecutiva Regional Nº 447-2019 de fecha 09 de octubre del 2019; Carta s/n de fecha 13 de diciembre del 2019 (SGR-034576); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 447, de fecha 09 de octubre del 2019, se resuelve, en su artículo tercero, se designó a partir de la fecha, al LICENCIADO ANDIOLO ZEVALLOS ÑIVIN, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao; así mismo, en el artículo cuarto de la citada Resolución Ejecutiva Regional, se encargó, al LICENCIADO ANDIOLO ZEVALLOS ÑIVIN, la función de entregar la Información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927. Que, mediante Carta s/n, de fecha 13 de diciembre del 2019 (SGR-034576), el Licenciado ANDIOLO ZEVALLOS ÑIVIN, presentó su renuncia (...), al cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Callao, por motivos estrictamente personales, solicitando se le exonere del plazo de Ley. Que, mediante Ley Nº 30305 ­ Ley de Reforma Constitucional, se cambió el nombre de Presidente Regional por el de Gobernador Regional, y de acuerdo al literal c) del artículo 21º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, "El Gobernador Regional tiene las siguientes atribuciones: Designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de confianza"; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia, a partir de la fecha, al Licenciado ANDIOLO ZEVALLOS ÑIVIN, como Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, al Licenciado ANDIOLO ZEVALLOS ÑIVIN, la función de entregar la información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a partir de la fecha a la Licenciada MARÍA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO, en el cargo de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional, Nivel G1, del Gobierno Regional del Callao, en adición a sus funciones como Jefa de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a partir de la fecha, a la Licenciada MARÍA ROXANA PATRICIA PAREJA SAGASTI TELLO, la función de entregar la Información solicitada por el administrado, en virtud a la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria ­ Ley Nº 27927. Artículo Quinto.- COMUNICAR, la presente Resolución Ejecutiva Regional a las diferentes dependencias del Gobierno Regional del Callao. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANTE MANDRIOTTI CASTRO Gobernador 1846574-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Protocolo de la Gerencia General Regional y de entregar información solicitada por el administrado en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 491 Callao, 18 de diciembre de 2019

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