Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2020 (21/02/2020)
Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.
TEXTO DE LA PÁGINA 68
68
NORMAS LEGALES
Viernes 21 de febrero de 2020 /
El Peruano
en el mes de julio del 2020 y el segundo a realizarse en el mes de diciembre del 2020, todas las personas naturales registradas, que hasta el 29 de febrero del 2020 hayan cumplido con el pago total de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2020, cuyo uso del predio sea CASA HABITACION Y/O TERRENOS SIN CONSTRUIR, participan en los sorteos público "CON TU PUNITUALIDAD EN TUS TRIBUTOS PUEDES LLEVARTE UN AUTO NUEVO 0 KMS.". III.2.- Cumplen con los requisitos para participar en los Sorteos Públicos de los premios: Los contribuyentes indicados en el numeral III.1, de las Bases que como mínimo han pagado la totalidad del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Periodo 2020, para lo cual se emitirán cupones los que se distribuirán de la siguiente manera: - 3 opciones si el contribuyente ha cumplido con el pago total del año 2020 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), hasta el 29 de febrero del 2020. - 5 opciones si el contribuyente ha cumplido con el pago total del año 2020 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), hasta el 29 de febrero del 2020 y no tenga deudas pendientes de año anteriores (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales). III.3.- Son "CONSTRIBUYENTES HABILES" para participar solo en el SORTEO, a realizarse en el mes de diciembre del 2020, todas las personas naturales registradas, que hasta el 30 de noviembre del 2020 hayan cumplido con el pago total de sus obligaciones tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2020, cuyo uso del predio sea CASA HABITACION Y/O TERRENOS SIN CONSTRUIR, participan en el sorteo público "CON TU PUNITUALIDAD EN TUS TRIBUTOS PUEDES LLEVARTE UN AUTO NUEVO 0 KMS.". III.4.- Cumplen con los requisitos para participar en el Sorteo Público de los premios: Los contribuyentes indicados en el numeral III.3, de las Bases que como mínimo han pagado la totalidad del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Periodo 2020, para lo cual se emitirán cupones los que se distribuirán de la siguiente manera: - 3 opciones si el contribuyente ha cumplido con el pago total del año 2020 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), hasta el 30 de noviembre del 2020. - 5 opciones si el contribuyente ha cumplido con el pago total del año 2020 (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales), hasta el 30 de noviembre del 2020 y no tenga deudas pendientes de año anteriores (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales). III.5. Publicación de la relación de contribuyentes hábiles a participar en el Sorteo: Los primeros días del mes de julio del año 2020 se publicará en listados, en orden alfabético, en la Página Web de la Municipalidad, la relación de los contribuyentes que hasta el 29 de febrero del 2020 se encuentren hábiles para participar del primer sorteo del auto. Los primeros días del mes de diciembre del año 2020 se publicará en listados, en orden alfabético, en la Página Web de la Municipalidad, la relación de los contribuyentes que hasta el 30 de noviembre del 2020 se encuentren hábiles para participar del segundo sorteo del auto. IV. MODALIDAD DEL SORTEO IV.1.- Ambos sorteos se realizarán, con la presencia de un Notario Público, se procederá a la verificación de los cupones. IV.2.- CARACTERISTICAS DEL SORTEO Los sorteos públicos se desarrollarán con las siguientes características:
IV.2.1.- Sorteo del Primer Premio un Automóvil Cero KM. y Premios Adicionales entre los Contribuyentes Hábiles. a) Se procederá a ingresar en un ánfora los cupones generados a los contribuyentes hábiles de acuerdo a los establecidos en el numeral III.2 y el numeral III.4 de las Bases. b) El cupón contendrá el número de ticket correlativo asignado a cada contribuyente hábil, el nombre del contribuyente y su domicilio fiscal. c) Se procederá al respectivo movimiento del ánfora, para luego extraer el cupón ganador, este proceso será en todo momento público y mostrado a los concurrentes, paso por paso. d) Se llamará al ganador y se efectuará la entrega simbólica del premio en el mismo acto. e) El Notario Público dará fe del número de código de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio a fin de que se cumpla con el protocolo que norma el sorteo. f) En caso de no estar presente el contribuyente ganador, la Municipalidad procederá a notificarlo y a programar la entrega del premio en un acto público posterior. V. DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, deberán acreditarse con el Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería. La entrega es personal, previa verificación del código de contribuyente, pudendo ser esta realizada durante el sorteo de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario. De no encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario, se notificará en el domicilio fiscal del contribuyente cuyo código corresponda al número ganador. Los notificados deberán presentarse personalmente ante la Gerencia de Rentas de Lunes a viernes en horario de oficina. El auto será entregado al ganador luego de la aprobación a través de documentos formales debidamente aprobados por la entidad, previo informe de la Gerencia de Rentas. VI. CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente cuyo código corresponda al número ganador, hubiera fallecido, podrán solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante sucesión intestada debidamente inscrita. Adicionalmente en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberán haber regularizado la condición de propiedad y situación tributaria, mediante el procedimiento correspondiente. En caso de que el ganador del premio principal se encontrarse impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podrá efectuarlo a través de un tercero con poder inscrito en Registro Públicos, la persona autorizada se apersonará portando el poder original y su Documento Nacional de Identidad; en los otros casos el procedimiento se llevara a cabo con poder notarial. Cualquier circunstancia no contemplada en estas Bases, será resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decisión sea objeto de queja o impugnación. VII. PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO El (los) contribuyente (s) ganador (res) del sorteo de los premios programados por la Municipalidad de Pachacamac, podrá (n) recogerlo (s) dentro de los 90 días calendarios siguientes de haber sido notificado como ganador de dicho sorteo; en caso de no hacerlo en el plazo indicado, perderá (n) su derecho a reclamo del mismo. VIII. DESTINO DEL PREMIO NO RECOGIDO En caso que el ganador debidamente notificado, no haya reclamado y/o recogido el premio dentro del plazo establecido en el numeral precedente, la Gerencia de


