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29 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de julio de 2020 El Peruano / Memorándum Nº 00122-2020/OPP, los Proveídos Nº 00085-2020/OAJ y Nº 00039-2020/OPP y, el Informe Legal Nº 00163-2020/OAJ; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público-Privadas y Proyectos en Activos, PROINVERSIÓN es un organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 103-2013 se aprobó el Manual de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN y, modi fi catorias; Que, en virtud de la reestructuración de PROINVERSIÓN, mediante el Decreto Supremo Nº 185-2017-EF, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de junio de 2017, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 154-2017 se aprobó el Clasi fi cador de Cargos de PROINVERSIÓN y, modi fi catorias; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 296-2017- EF/10 se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROINVERSIÓN, en donde se incluyeron 239 plazas; y, con la Resolución de la Secretaría General Nº 025-2020 se aprobó la actualización del CAP Provisional; Que, con Decreto Legislativo Nº 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la atribución normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, que tiene por fi nalidad que las entidades públicas cuenten con per fi les de puestos ajustados a las necesidades de los servicios que prestan y que les permitan gestionar los demás procesos del Sistema; lo cual contribuye a la mejora continua de la gestión de los recursos humanos en el Estado y al fortalecimiento del servicio civil; Que, de acuerdo con el numeral i) del literal a), del artículo 20 de la antes citada Directiva, procede la elaboración de per fi les de puestos no contenidos en el Manual de Per fi les de Puestos - MPP, cuando las entidades públicas que no cuentan con resolución de inicio del proceso de implementación para el nuevo régimen pueden elaborar per fi les de puestos no contenidos en el Manual de Per fi les de Puestos – MPP, cuando requiera contratar servidores bajo los regímenes regulados por los Decretos Legislativos N° 276, 728 y 1057; Que, el literal d), del artículo 21 de la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH, señala que el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los per fi les de puestos de los regímenes regulados por los Decretos Legislativos Nº 276 y 728 y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo lV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa. Sobre esta base, en el caso de PROINVERSIÓN, según el artículo 10 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización de Funciones de la entidad, la máxima autoridad administrativa es la Secretaría General; Que, bajo ese contexto, la O fi cina de Administración a través del Informe Nº 00012-2020/OA, sustenta la necesidad de incorporar los per fi les de puestos correspondiente a las plazas de Especialista Financiero IV, Especialista Financiero III, Especialista Financiero II, Especialista Legal II y Especialista Técnico I de la Sub Dirección de Servicios a los Proyectos de la Dirección de Portafolio de Proyectos, conforme al procedimiento previsto en la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH; Que, por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 00046-2020/OPP y Memorándum Nº 00122-2020/OPP, emite opinión favorable respecto a la propuesta de incorporación de los per fi les de puestos señalados en el considerando precedente; Que, por tales consideraciones, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 00163-2020/OAJ considera procedente emitir el acto que formalice la aprobación e incorporación de los per fi les de puestos señalados en el considerando respectivo; Con el visado de las O fi cinas de Administración, de Planeamiento y Presupuesto; y, de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 10 y el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Decreto Supremo Nº 185-2017-EF; y la Directiva Nº 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos – MPP”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 312-2017-SERVIR-PE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación e incorporación de los per fi les de puestos correspondientes a las plazas de Especialista Financiero IV, Especialista Financiero III, Especialista Financiero II, Especialista Legal II y Especialista Técnico I de la Sub Dirección de Servicios a los Proyectos de la Dirección de Portafolio de Proyectos, conforme a los anexos que forman parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de PROINVERSIÓN (www.proinversión.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO APOLONI QUISPE Secretario GeneralPROINVERSIÓN 1869256-1 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Aprueban el “Protocolo para Mesa de Partes de la Autoridad Portuaria Nacional durante el periodo de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19” y su Anexo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE DIRECTORIO Nº 0018-2020-APN-PD Callao, 30 de junio de 2020VISTOS: Los Informes Técnicos Nº 0003-2020-APN-SD del 9 de junio de 2020, y Nº 0004-2020-APN-SD del 29 de junio de 2020, de la Secretaría del Directorio y los Informes Legales Nº 0230-2020-APN-UAJ del 24 de junio de 2020 y Nº 235-2020-APN-UAJ del 29 de junio de 2020, de la Unidad de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), publicada en el Diario O fi cial