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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (03/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de junio de 2020 / El Peruano 2.2 Modi fi car en la Directiva N° 002-2019-EF/51.01, los siguientes formatos: N° Código de formatoPresentación Trim. Sem. 1 EF-1 ✓✓ 2 EF-2 ✓✓ 3 EF-3 ✓✓ 4 OA-2 -✓ 5 OA-3A ✓✓ 6 Anexo OA-3A ✓✓ 2.3 Incorporar en el anexo de la Directiva N° 003- 2019-EF/51.01, los siguientes formatos: N° Código de formatoPresentación Trim. Sem. 1 Anexo N° 17 ✓✓ 2 OA-7 ✓✓ Artículo 3.- Firmas digitales requeridas en los formatos de información fi nanciera y presupuestaria de la Directiva N° 002-2019-EF/51.01 y la Directiva N° 003-2019-EF/51.01. 3.1 Establecer únicamente las fi rmas digitales requeridas en los formatos de información fi nanciera y presupuestaria de presentación trimestral y semestral, de la Directiva N° 002-2019-EF/51.01 y la Directiva N° 003-2019-EF/51.01, conforme se detallan a continuación: N°Directiva N° 002-2019- EF/51.01Directiva N° 003- 2019-EF/51.01Presentación Trim. Sem. 1 EF-1 EF-1 ✓✓ 2 EF-2 EF-2 ✓✓ 3 EF-3 EF-3 ✓✓ 4 EF-4 EF-4 ✓✓ 5 BC PP-1 ✓✓ 6 PEPI PP-2 ✓✓ 7 PP-1 EP-1 ✓✓ 8 PP-2 PI-1 ✓✓ 9 EP-1 Anexo PI-1 ✓✓ 10 Acta (captadora) - -✓ 11 Acta (gastadora) - -✓ 3.2 Disponer que se exceptúe en la presentación de las rendiciones de cuenta del primer trimestre 2020, la fi rma digital en los formatos de información fi nanciera y presupuestaria, de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Empresas Públicas y Otras formas organizativas que administren recursos públicos. Artículo 4.- Publicación y Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: (https://www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la citada publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA Director GeneralDirección General de Contabilidad Pública 1867194-1EDUCACION Aprueban la Norma Técnica denominada “Criterios de Diseño para Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 100-2020-MINEDU Lima, 1 de junio de 2020VISTO, el Expediente Nº DINOR2020-INT-0064129, el O fi cio Nº 01054-2020-MINEDU/VMGI-DIGEIE de la Dirección General de Infraestructura Educativa; y el Informe Nº 00556-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte en concordancia con la política general de Estado; Que, el inciso f) del artículo 13 de la mencionada Ley, indica que uno de los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación es la infraestructura, equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y accesibles para las personas con discapacidad; Que, el tercer párrafo del artículo 2 de la Norma A.040: Educación del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA y modi fi catorias, establece que dicha norma se complementa con las que dicta el MINEDU, en concordancia con los objetivos y la Política Nacional de Educación; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 570-2018-MINEDU, se crea el Modelo de Servicio Educativo para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, el cual busca garantizar la prestación de un servicio formativo de calidad en las EESP públicas para la formación de profesionales con las competencias pedagógicas que requiere el país en respuesta a las demandas de la sociedad. En ese sentido, orienta la gestión de la formación inicial docente, el desarrollo profesional, la formación continua, el proceso de admisión, el seguimiento de egresados y la promoción de bienestar para un servicio de calidad y de respeto a la diversidad; asimismo, orienta la gestión de la dirección y la gestión de la calidad para el logro de una formación integral y especializada, desde una visión compartida entre los miembros de la EESP pública. Por otra parte, permite identi fi car las actividades y recursos necesarios de manera oportuna y e fi ciente para asegurar la calidad de los procesos formativos considerando el contexto territorial y las características socioculturales de las instituciones en el marco de una interculturalidad; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Norma Técnica “Criterios Generales de Diseño para Infraestructura Educativa”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 239-2018-MINEDU, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 4 de octubre de 2018, señala que las particularidades de la infraestructura de los servicios educativos para la Educación Básica en todas sus modalidades son detalladas en sus respectivas normas técnicas de infraestructura, las cuales, luego de la entrada en vigencia de esta Norma Técnica de Criterios Generales, deberán ajustar su contenido a dicho dispositivo legal; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación (ROF del MINEDU) señala que el Despacho Viceministerial de Gestión Institucional está a cargo del Viceministro de Gestión Institucional - VMGI, quien es la autoridad inmediata al Ministro de Educación en los asuntos de su