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33 NORMAS LEGALES Viernes 8 de mayo de 2020 El Peruano / corresponde a la DEMUNA iniciar la actuación estatal para eliminar los factores que inciden en dicha situación. 18.5 Tratándose de casos de posible desprotección familiar de niñas, niños y adolescentes, corresponde al servicio de la Unidades de Protección Especial del MIMP del lugar o en su defecto, al Juzgado de Familia o Mixto competente para iniciar la actuación estatal respectiva. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Entrega de información sobre antecedentes penales y judiciales Cuando de la búsqueda de los antecedentes policiales solicitados se obtenga un resultado positivo, la Policía Nacional del Perú procede a complementar esta información con los antecedentes penales y judiciales sobre los delitos consignados en el artículo 5 del presente Reglamento, siempre que dicha información se encuentre disponible en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) y la Policía Nacional del Perú tenga acceso a ella. En aquellas comisarías donde no se cuenta con acceso a la PIDE, se coordina con la comisaría más cercana, a fi n de que se facilite la información en el término de la distancia. Segunda. Formatos de la solicitud y de las declaraciones juradas Los formatos de solicitud y declaraciones juradas, que como Anexos forman parte del presente Reglamento, pueden ser modi fi cados por el Ministerio del Interior mediante Resolución Ministerial, en la medida que constituyan ajustes razonables para facilitar la solicitud y entrega de la información prevista en el presente Reglamento. Tercera. Seguimiento El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministerio del Interior, evalúan de forma continua la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 023-2020 y su Reglamento, de acuerdo a sus competencias funcionales. Cuarta. Difusión La Policía Nacional del Perú y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables promueven acciones de difusión del Decreto de Urgencia Nº 023-2020 y su Reglamento, estableciendo mecanismos de articulación para su adecuada implementación. Quinta. Datos abiertos para la lucha contra la violencia hacia las mujeres La Policía Nacional del Perú, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como las entidades del Poder Judicial y Ministerio Público publican, actualizan y mantienen mensualmente datos en formatos abiertos sobre la violencia hacia las mujeres en el Portal Nacional de Datos Abiertos, asegurando la anonimización de los datos personales en la apertura de los mismos; como mínimo publica datos sobre género, residencia (departamento, provincia y distrito) y edad de la potencial víctima y agresor, y tipo de delito o falta, conforme a los procedimientos establecidos por la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera. Plazo para la creación e implementación del sistema de información para los fi nes del presente Reglamento La Policía Nacional del Perú desarrolla un módulo especial de consulta en el Sistema de Antecedentes Policiales para los fi nes del presente Reglamento, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación del Decreto Supremo que aprueba el presente Reglamento. El Sistema de Antecedentes Policiales consume servicios de información referidos a los antecedentes penales y judiciales disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) de conformidad con el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa y, a lo previsto en la segunda disposición complementaria transitoria del presente Reglamento. La implementación del citado módulo inicia en Lima Metropolitana y Callao, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la publicación del Decreto Supremo que aprueba el presente Reglamento. Para las demás Regiones y Frentes Policiales la implementación del módulo se realiza de forma progresiva, en un plazo que no excederá los seis meses, de acuerdo al calendario publicado en el portal web del Ministerio del Interior, dentro los diez (10) días de publicado el Decreto Supremo que aprueba el presente Reglamento. Segunda. Plazo para la entrega de información al PIDE por el Poder Judicial - PJ y el Instituto Nacional Penitenciario – INPE En el plazo de 60 días calendario, el Poder Judicial (PJ) y el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), p roporcionan servicios de información sobre antecedentes penales y judiciales, respectivamente, respecto de los delitos consignados en el artículo 5 del presente Reglamento, a la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), en el marco de lo previsto en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1246, Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa y, el artículo 07 de Decreto de Urgencia Nº 023-2020, Decreto de Urgencia que crea mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, desde el conocimiento de los antecedentes policiales. Los parámetros a considerar para hacer uso de los servicios de información requeridos son: a) Número de Documento Nacional de Identidad (DNI), número de carné de extranjería (CE) o número de pasaporte. b) Apellido paterno, apellido materno y nombres. ANEXO Nº 01 SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 023-2020 Y SU REGLAMENTO SOLICITA: Información de Antecedentes Policiales SEÑOR/A COMISARIO DE LA COMISARÍA PNP DE ____________________ Yo, ___________________________________________________ , con documento de identi fi cación (DNI, CE u otros) Nº _______________, domiciliado/a en: _______________ ________________________________________, teléfono fi jo y/o celular Nº ______________________, con correo electrónico _________________________________ ante Ud. me presento y expongo lo siguiente: Que, de conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 023-2020, que crea mecanismos de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, desde el conocimiento de los antecedentes policiales y su Reglamento , SOLICITO SE ENTREGUE INFORMACIÓN DE LOS ANTECEDENTES POLICIALES DE LA PERSONA (Nombres y apellidos completos) ______________________________, con documento de identi fi cación (DNI, CE u otros) Nº ___________________________ (si lo tuviera) 1. Para tales efectos, declaro que MI RELACIÓN CON LA POTENCIAL VÍCTIMA es la siguiente: Marcar con X según corresponda: a) Soy potencial víctima de violencia por parte de mi pareja. b) Soy familiar hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afi nidad respecto de una potencial víctima de violencia por parte de su pareja. Precisar vínculo: c) Tengo una relación de cercanía o amistad 2 o cuidado3 respecto de una potencial víctima de violencia por parte de su pareja. Precisar vínculo: