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18 NORMAS LEGALES Jueves 14 de mayo de 2020 / El Peruano de la calidad de la educación superior universitaria; asimismo, el literal b) del artículo 151 de citado Reglamento dispone que la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene por función diseñar herramientas técnicas que fomenten la mejora continua de la calidad de la educación superior universitaria y contribuyan a su fortalecimiento; Que, mediante Informe Nº 0079-2020-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DIPODA, de la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, complementado por el Memorándum N° 0278-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, se sustenta y propone la modi fi cación de la Norma Técnica denominada “Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 061-2020-MINEDU; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe Técnico N° 00007-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, emite opinión favorable sobre la citada propuesta; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, mediante Informe N° 00572-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, complementado por el Memorándum N° 00348-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable a la citada propuesta modi fi catoria, al encontrarse alineada a los objetivos estratégicos del Sector y al no irrogar gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, mediante el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 006-2020-MINEDU, el Titular de la Entidad delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica, durante el Año Fiscal 2020, la facultad de emitir y aprobar actos resolutivos que aprueban, modi fi ca o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia; De conformidad con la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto de Urgencia N° 053-2020; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, que declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y dicta medidas de prevención y control del COVID-19; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y la Resolución Ministerial N° 006-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car los numerales 6.2, 6.3.5, 6.3.6, 6.4, 8.1, 9.2, 9.3, 9.4, 9.5, 9.7, 11.1, así como el numeral 3 del literal B) y literal D) del Anexo N° 4 y los Compromisos 3 y 10 del Anexo N° 5 de la Norma Técnica denominada “Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 061-2020-MINEDU, los cuales quedarán redactados conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Incorporar los numerales 6.3.11, 6.3.12, 6.3.13, 6.3.14 y 6.3.15 a la Norma Técnica denominada “Herramienta de Incentivos para el fortalecimiento del servicio educativo de las universidades públicas”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 061-2020-MINEDU, los cuales quedarán redactados conforme al Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1866321-1 ENERGIA Y MINAS Autorizan transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2020-MINEM/DM Lima, 12 de mayo de 2020 VISTOS: El Informe N° 061-2020-MINEM-OGPP/ ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 260-2020-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el acápite i, literal p) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a fi nanciar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles); Que, dicha norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 Ministerio de Energía y Minas - Central para el caso de los acápites i y ii; así también, se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 17.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, en atención a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, el MINEM y el Gobierno Regional de Tacna suscribieron el 12 de febrero de 2020, el Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la dirección y/o gerencia regional de Energía y Minas, a fi n de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; Que, mediante el mencionado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional de Tacna, por el monto de hasta S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, según el detalle establecido en el convenio; señalando para tal efecto que el MINEM realizará dos transferencias fi nancieras al mencionado Gobierno Regional, una en el primer semestre del año