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47 NORMAS LEGALES Martes 26 de mayo de 2020 El Peruano / 9) Licencias aeronáuticas del personal aeronáutico, incluyendo a los inspectores de la DGAC, según corresponda; 10) Autorizaciones de IDEs y IDCEE;11) Evaluación de instructores en sus diversas modalidades; 12) Certi fi cado de cali fi cación otorgados por la DGAC del personal aeronáutico con plazo de vencimiento; 13) Experiencia reciente del personal aeronáutico;14) Exenciones vinculadas al personal aeronáutico.15) Desviaciones sujetas a plazo vinculadas al personal aeronáutico. Artículo 3.- Durante este periodo, las Direcciones de Línea de la DGAC en el marco de sus competencias, y en contexto de la emergencia sanitaria, continuarán efectuando las actividades de vigilancia y control, así como las coordinaciones con los administrados, con la fi nalidad de implementar medidas mitigadoras o alternas que permitan ejercer un control de las prórrogas o ampliación de plazos concedidos que aseguren los estándares de seguridad de las operaciones Artículo 4 .- Encargar al Coordinador Nacional de Observación Continua (NCMC), la noti fi cación a la Organización de Aviación Civil Internacional de las diferencias temporales que pudieran surgir a partir de la aplicación de la presente Resolución Directoral. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1866763-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LAS NORMAS APROBATORIAS Y LOS TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN SU PORTAL WEB De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nºs. 1272 y 1452, se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como el Anexo (TUPA) en el Diario O ficial El Peruano y en su Portal Web, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. La norma que aprueba el TUPA o su modi ficación se publicará en el medio impreso del Diario O ficial El Peruano, tal como se dispone en el Art. 38.2 de la Ley Nº 27444. Adicionalmernte, la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA), se publicarán en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Esta publicación en la web es de carácter gratuita, tal como se dispone en el Art. 38.3 de la Ley Nº 27444. 2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán mediante o ficio de manera expresa lo siguiente: a) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, en el Diario O ficial El Peruano. b) La publicación de la norma que aprueba el TUPA o su modi ficación, así como su respectivo Anexo (TUPA) en el Portal Web del Diario O ficial El Peruano. Asimismo, en el O ficio precisarán que: “el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo tupaweb@editoraperu.com.pe , son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad”. 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera: a) La norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, se recibirá en medio impreso refrendado por persona autorizada y adicionalmente en archivo electrónico mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe . b) El anexo (TUPA) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a tupaweb@editoraperu.com.pe , mas no en versión impresa. 4. El archivo electrónico del TUPA (anexo) deberá cumplir con el siguiente formato: a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo. b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.c) El tipo de letra Arial.d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.e) El interlineado sencillo.f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.g) El archivo no debe contener encabezado ni pie de página.h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA. El archivo electrónico de la norma aprobatoria del TUPA o su modi ficación, deberá presentarse en formato Word, conteniendo en la parte correspondiente, la siguiente información: - Nombre de la institución. - Tipo y número de la norma.- Fecha de emisión.- Nombre y cargo de la autoridad que firma dicho documento. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES