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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2020 / El Peruano Segunda Etapa, que se realice en el primer trimestre del año 2021: - Que se despliegue material impreso, sobre las bondades de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Que se inicie parte de los talleres a la ciudadanía Tercera Etapa, que se realice en el segundo trimestre del año 2021: - Despliegue de los Spot en todos los medios - Se realicen todas actividades pendientes de difusión Descarga y Liquidación- La Corte Superior de Justicia de Pasco remitió al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo el Plan de Descarga y Liquidación, con información de carga procesal de la Ley N° 26636, indicando que, con el apoyo de los órganos jurisdiccionales existentes en la citada Corte Superior, se podría liquidar los expedientes en trámite referidos a la Ley N° 26636, por un periodo de 24 meses. - Por lo tanto, la liquidación de la Ley N° 26636 en la Corte Superior de Justicia de Pasco culminaría para diciembre de 2022, siendo necesario realizar un seguimiento periódico para el cumplimiento de esta meta. Presupuesto (Bienes y Servicios)- Con fecha 11 de octubre de 2020, la Corte Superior de Justicia de Pasco remitió al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo el Plan de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo actualizado, adjuntando el cronograma de adquisición de bienes y contratación de servicios con fechas actualizadas por cada etapa de los procesos de contratación según su tipo de proceso y cuantía. Segundo. Que el análisis efectuado en el referido informe, permite corroborar que la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en la Corte Superior de Justicia de Pasco, se puede realizar el día 10 de diciembre de 2020. Tercero. Que, respecto a la dotación de personal, estando al contexto actual por el que atraviesa el país, referido a la pandemia ocasionada por el virus del COVID-19, se debe atender como una medida excepcional, procediéndose a la contratación de personal jurisdiccional de manera temporal por el periodo del mes de diciembre de 2020, quienes trabajarán en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco, que conocerán en adición los procesos tramitados con la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que, este poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva. Por lo que, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito. Quinto. Que, los servidores a contratar deben reunir los per fi les establecidos en el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Corporativo Laboral”, aprobado por la Resolución Administrativa Nº 399-2014-CE-PJ y modi fi cado por la Resolución Administrativa Nº 159-2018-P-CE-PJ, siendo importante señalar que deberá considerarse Contratos Administrativos de Servicios (CAS) mediante la modalidad de contrato directo, como se especi fi ca en el siguiente cuadro: Perfi lRetribución económica mensual S/ESSALUD S/Tiempo / Meses Secretario Judicial 2,972.00 174.5 1 Perito Judicial 2,972.00 174.5 1 Asistente Judicial 2,572.00 174.5 1Sexto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdo y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Pasco. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1383-2020 de la sexagésimo octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de noviembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer, a partir del 10 de diciembre de 2020, la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal del Trabajo - Ley N° 29497 en el Distrito Judicial de Pasco. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 10 de diciembre de 2020, lo siguiente: a) La Sala Mixta ubicada en el distrito de Yanacancha, provincia de Pasco, asumirá en adición a sus funciones los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, con turno abierto; y la liquidación de la Antigua Ley Procesal del Trabajo; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial, comprendiendo a las provincias de Pasco y Daniel Alcides Carrión, y los distritos que lo comprenden. b) El Juzgado de Trabajo ubicado en el distrito de Yanacancha, provincia de Pasco, asumirá los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con turno abierto; y la liquidación de la Antigua Ley Procesal del Trabajo; con competencia territorial de la provincia de Pasco y los distritos que lo comprenden. c) El 1° y 2° Juzgado Civil ubicados en el distrito de Yanacancha, provincia de Pasco, asumirán en adición a sus funciones, los expedientes bajo el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, con turno abierto; con competencia territorial de la provincia de Pasco y los distritos que lo comprenden. d) El 3° Juzgado de Paz Letrado (Civil - Laboral) ubicado en el distrito de Yanacancha, provincia de Pasco, asumirá en adición a sus funciones los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con turno abierto; y la liquidación de la Antigua Ley Procesal del Trabajo; con competencia territorial de los distritos de Chaupimarca, Huachón, Huayllay, Ninacaca, Simón Bolívar, Tinyahuarco, Vicco y Yanacancha, de la Provincia de Pasco. e) El Juzgado de Paz Letrado Mixto ubicado en el distrito de Paucartambo, provincia de Pasco, asumirá en adición a sus funciones los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con turno abierto; y la liquidación de la Antigua Ley Procesal del Trabajo; con competencia territorial del distrito de Paucartambo, de la provincia de Pasco. f) El Juzgado de Paz Letrado Mixto ubicado en el distrito de Yarusyacan, provincia de Pasco, asumirá en adición a sus funciones los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo, con turno abierto; y la liquidación de la Antigua Ley Procesal del Trabajo; con competencia territorial de los distritos de Huariaca, Ticlacayán, Pallanchacra y San Francisco de Asís de Yarusyacán, de la provincia de Pasco. g) El Juzgado Mixto ubicado en el distrito de Yanahuanca, provincia de Daniel Alcides Carrión, asumirá en adición a sus funciones, los expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y el Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, con turno abierto; y