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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2020 El Peruano / se accede a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modi fi cación o exclusión, previo sustento técnico; Que, el Anexo N° 1 de De fi niciones del Reglamento señala que, son bienes y servicios comunes aquellos que, existiendo más de un proveedor en el mercado, cuentan con características o especi fi caciones usuales en el mercado, o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogeneización llevado a cabo al interior del Estado, cuyo factor diferenciador entre ellos es el precio en el cual se transan; Que, los numerales 8.1 y 8.2 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la obligatoriedad de su uso”, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada a su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante “la Directiva”, señalan que la Ficha Técnica contiene las características técnicas y/o prestaciones especí fi cas que debe tener determinado bien o servicio al momento de su entrega o prestación a la Entidad, asimismo, la estructura de la misma se encuentra conformada por: i) Características generales del bien o servicio común; y, ii) Características especí fi cas del bien o servicio común; Que, el numeral 8.14 de la Directiva, establece que PERÚ COMPRAS podrá modi fi car o excluir una Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes (LBSC), previo sustento técnico de la veri fi cación del supuesto aplicado, realizado por la Dirección de Estandarización y Sistematización; siendo que, para el caso de modi fi cación de una Ficha Técnica, se contempla la variación de la información consignada en la misma, que no afecte su condición de bien común; Que, el numeral 8.15 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva establece que a través de Resolución Jefatural se aprobará la modi fi cación o la exclusión de la Ficha Técnica del Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC; Que, si bien en la Directiva y en el ROF de PERÚ COMPRAS se hace referencia a los Documentos de Orientación, como aquella información complementaria a la Ficha Técnica, dicha referencia debe entenderse efectuada respecto al Documento de Información Complementaria, conforme a lo señalado en el numeral 110.3 del artículo 110 del Reglamento; Que, además el numeral 8.9 de las Disposiciones Especí fi cas de la Directiva precisan que, los Documentos de Orientación contienen los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio, y los aspectos relacionados a la certi fi cación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias del mismo, precisando en su numeral 8.10 que el mismo se aprueba, modi fi ca o deja sin efecto mediante Resolución Jefatural; Que, a través del Informe N° 000091-2020-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización sustenta la modi fi cación de dos (2) Fichas Técnicas y del Documento de Información Complementaria del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución del Listado de Bienes y Servicios Comunes, basado en la modi fi cación de la normatividad técnica correspondiente y en el marco del Plan de Sostenimiento Programado del LBSC 2019, a fi n de contribuir a que las entidades realicen contrataciones e fi cientes; Que, mediante Informe N° 000235-2020-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, de acuerdo al sustento técnico de la Dirección de Estandarización y Sistematización, al artículo 110 del Reglamento y a lo dispuesto en la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, resulta legalmente viable la modi fi cación de las referidas Fichas Técnicas y del Documento de Información Complementaria; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento; la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modi fi cada y actualizada a su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 y los literales d) e y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car dos (2) Fichas Técnicas del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: N° DENOMINACIÓN DEL BIEN VERSIÓN 1 TUBO DE ACERO NEGRO S/C SCH-40 DE 12” 06 2 TUBO DE ACERO NEGRO S/C SCH-40 DE 6” 06 . * Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc. Artículo Segundo.- Modi fi car el Documento de Información Complementaria del rubro Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución en el Listado de Bienes y Servicios Comunes – LBSC, como versión 03, conforme el Anexo N° 2, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Estandarización y Sistematización, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, realicen la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE y en el Portal Institucional de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS (www.perucompras.gob.pe), respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS 1905176-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este para el financiamiento de las prestaciones de salud, brindadas a los asegurados del SIS en el marco de los Convenios, Adendas y Actas suscritos para el ejercicio 2020 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 150-2020/SIS Lima, 21 de noviembre de 2020VISTOS: El Informe N° 039-2020-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído N° 817-2020-SIS/GNF y Memorando 692-2020-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 064-2020-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 174-2020-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe N° 019-2020-SIS/OGAJ-DE-JFMP con Proveído N° 409-2020-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,