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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 23 de noviembre de 2020 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000322-2020-CE-PJ Lima, 5 de noviembre del 2020VISTA: La propuesta del señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, respecto a la creación de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que al haberse establecido que la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República tramite asuntos de carácter previsional; todos los procesos que tuvo a su cargo referidos a temas tributarios, contencioso administrativo y organismos reguladores, actualmente son de competencia de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente del Supremo Tribunal, en aplicación a lo establecido mediante Resolución Administrativa de Sala Plena N° 000009-2020-SP-CS-PJ; lo cual sumado a la carga procesal que actualmente tiene, se justi fi ca la creación de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y de esa forma coadyuvar a que dicha problemática encuentre los canales de solución adecuados para hacer más célere, e fi ciente y e fi caz el servicio de impartición de justicia. Segundo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece como atribución y función del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1365-2020 de la sexagésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 4 de noviembre de 2020, realizada en forma virtual con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo y Pareja Centeno, sin la intervención del señor Consejero Castillo Venegas por tener cita médica; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses; a partir del 1 de diciembre de 2020. Artículo Segundo.- Disponer que en la próxima sesión se tratará la propuesta de distribución de carga procesal, que se presentará a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial y la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, adopten las acciones y medidas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al señor Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanente y Transitorias de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1905094-1 Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Cusco, Piura y Puno, y establecen otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000323-2020-CE-PJ Lima, 7 de noviembre del 2020VISTO: El O fi cio N° 762-2020-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 075-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000046- 2020-P-CE-PJ dispuso reubicar a partir del 1 de mayo hasta el 31 de octubre de 2020, el 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, como 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia de Cusco; asimismo, dispuso retornar a su sede de origen durante el mismo periodo, el 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, Provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, como 2° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, de la misma provincia y Corte Superior. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 000082-2020-P-CE-PJ se dispuso ampliar a partir del 1 de agosto hasta el 31 de octubre de 2020, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, Corte Superior de Justicia de Arequipa, hacia el Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, de la misma Corte Superior; así como del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago de Chocorvos, Provincia de Huaytará, Corte Superior de Justicia de Ica, hacia el Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha, de la misma Corte Superior. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 236-2020-CE-PJ se dispuso ampliar a partir del 1 de setiembre hasta el 31 de octubre de 2020, la permanencia de los siguientes órganos jurisdiccionales permanentes: 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, cuya sede de origen es el Distrito de Chacas, Provincia de Asunción; del 7° Juzgado de Paz Letrado de Familia del Distrito y Provincia de Piura, Corte Superior de Justicia de Piura, cuya sede de origen es el Distrito de Castilla, Provincia de Piura; y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Asillo, Provincia de Azángaro, Corte Superior de Justicia de Puno, cuya sede de origen es el Distrito de Ilave, Provincia de El Collao. Cuarto. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 224-2020-CE-PJ, por las restricciones laborales debido a la pandemia del COVID-19, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó para el presente año 2020, los “Porcentajes de Avance de Meta por Mes y Acumulado”, para la evaluación de la producción de los órganos jurisdiccionales bajo monitoreo de la O fi cina de Productividad Judicial, el cual establece que el avance de