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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (07/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de octubre de 2020 / El Peruano adulta y que el 31% de las personas que habían percibido algún problema de salud mental en el último año, habían recibido atención en algún hospital general. (...)”, en el mismo sentido señala que: “En el último año, el 14% de las mujeres actualmente unidas habían sufrido alguna forma de abuso de su pareja actual y en estas mujeres se encontraron prevalencias signi fi cativamente mayores de desórdenes mentales y peores indicadores de otros problemas de salud mental. En la población adolescente las prevalencias de los desórdenes mentales más frecuentes al momento de la encuesta, fueron: episodio depresivo 7%, trastorno de ansiedad generalizada 3,0% y fobia social 2,9%. Respecto a otros problemas de salud mental, las prevalencias anuales de pensamiento e intento suicidas fueron de 2,2% y de 0,4% en adultos y de 6,1% y 1,9% en adolescentes, respectivamente. La delincuencia fue percibida como el principal problema del país por aproximadamente la quinta parte de la población. El 4,9% de la población adulta mostró tolerancia hacia algunas conductas delincuenciales como el robo y 2,9% consideraba que bajo algunas circunstancias estaba permitido robar; Que, en el Distrito de Carabayllo en el año 2010, se aprueba la Ordenanza 190-2010-MDC, que declara de interés prioritario en el Distrito de Carabayllo la Igualdad de Oportunidades y la Erradicación de la Violencia Familiar y en el marco de esta política local, es que se ha venido implementando una serie de actividades coordinadas interinstitucionalmente desde el Programa Municipal CASA AMIGA para la lucha contra la Violencia hacia la Mujer, Familiar y Sexual y el Programa OPCION POR LA VIDA para la prevención de la trata de personas y el consumo de sustancias con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a través del Centro Emergencia Mujer y Programa Nacional contra la Violencia Familiar y sexual y con el Ministerio de Salud a través de la Red de Salud Túpac Amaru y el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi, con el fi n de ampliar los servicios de salud mental en el Distrito de Carabayllo; Que, la Municipalidad de Carabayllo a través del Programa CASA AMIGA desde el año 2012, ha implementado con recursos institucionales el servicio de soporte emocional y legal a las familias afectadas por la violencia familiar y sexual, reportándose la atención de alrededor de 10,000 atenciones, a la fecha un 30% de estos casos han requerido de atención psiquiátrica, contando para ello con la atención medica del Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi; Que, en el año 2014, se suscribe el Convenio Marco entre la Municipalidad de Carabayllo y el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi para “desarrollar actividades de cooperación interinstitucional con la fi nalidad de implementar una red de servicios de salud mental a fi n de contribuir con el desarrollo integral del distrito de Carabayllo, mejorando el nivel de salud mental de la población y fortaleciendo sus redes sociales desde la perspectiva de la salud mental colectiva considerando la prevención, promoción y rehabilitación”. Así mismo, en el año 2015, el Concejo Municipal de Carabayllo acuerda aprobar la Adenda Nº 1 a este Convenio Marco por el cual se comprometen en la instalación e implementación del Centro Comunitario de Salud Mental Municipal en las instalaciones prefabricadas ubicadas en el Estadio Ricardo Palma, incorporando además la participación de la RED de Salud Túpac Amaru para la conducción del CCSMM conforme a las competencias sectoriales, a la fecha en su primer aniversario de instalación del CCSMM se han reportado alrededor de 20,000 atenciones a usuarios de todas las edades del distrito de Carabayllo y los distritos más cercanos de Lima Norte, un gran porcentaje de estos usuarios acceden al servicio con el bene fi cio del SIS; Así mismo, en cumplimiento de la Adenda Nº 1 en mención, se instala el COMITÉ INTERSECTORIAL E INTERINSTITUCIONAL PARA LAS COORDINACIONES DE LAS POLITICAS LOCALES EN SALUD MENTAL EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO, integrado por representantes de la Municipalidad de Carabayllo, el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi, la RED de Salud Túpac Amaru, el Centro de Salud Mental Comunitario Municipal de Carabayllo, la ONG SOCIOS EN SALUD y recientemente la Responsable de la Comisión de Salud de la Mancomunidad de Lima Norte, para el acompañamiento y fortalecimiento del funcionamiento del Centro de Salud Mental Comunitario y otras acciones que fortalecen la estrategia local de fortalecimiento de la Red de servicios de salud mental en el distrito de Carabayllo, como campañas públicas en el distrito, el funcionamiento del Hogar Protegido y la posible instalación de un segundo Centro Comunitario facilitando las coordinaciones y otras acciones de incidencia conforme a las competencias en la materia de cada institución. Contándose como un logro importante de este Comité el Acuerdo de los Alcaldes de la Mancomunidad de Lima Norte para dar prioridad a la atención de la salud mental en cada uno de sus distritos; Que en el año 2015 la ONG SOCIOS EN SALUD, en el marco de sus políticas institucionales de promoción de la salud, instala e implementa como modelo piloto el Primer HOGAR PROTEGIDO para pacientes mujeres con trastornos de la salud mental, en este primer piloto de atención ha estado dirigido a la protección de ocho pacientes mujeres con diagnóstico de esquizofrenia. Para el desarrollo del funcionamiento del Hogar Protegido se ha contado con el apoyo fi nanciero de la Cooperación Internacional y con un monitoreo cercano del Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi y el respaldo de la Municipalidad de Carabayllo así como de la RED de Salud Túpac Amaru. En el presente año 2016, nuevamente el Concejo Municipal aprobó la suscripción de la Adenda Nº 2 al Convenio Marco con el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi, para la continuidad y el sostenimiento del Hogar Protegido por el cual ambas instituciones se comprometen a co fi nanciar el funcionamiento del Hogar bajo la administración de la ONG SOCIOS EN SALUD a través de un contrato de servicios entre el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi y la ONG; Que, la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano con Informe Nº 662-2016-GMDH/MDC de fecha 05 de Octubre de 2016, remite a la Gerencia de Secretaria General el Informe correspondiente a la propuesta de Ordenanza que Declara de Prioridad Distrital la atención de la salud mental de la población en el Distrito de Carabayllo, recomendando en su quinta conclusión que se debe de seguir fomentando la ampliación de los servicios de salud mental y para ello se debe de promover la ampliación del convenio con el INSM HD-HN; Que, la Gerencia de secretaria General con Proveído Nº 1637-2016 de fecha 07 de Octubre de 2016, remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica para su opinión legal y esta emite el Informe Nº 0367-2016-GAJ/MDC de fecha 07 de Octubre de 2016, con los fundamentos facticos y jurídicos esbozados en su análisis expresa que existe sustento legal para la aprobación de la Ordenanza que declara de Prioridad Distrital la Atención de la Salud Mental de la Población en el Distrito de Carabayllo; Que, la Gerencia de Secretaria General mediante Carta Nº 219-2016-SG/MDC de fecha 11 de Octubre de 2016, remite al Presidente de la Comisión de Saneamiento, Salubridad y Salud, todos los Informes y actuados con relación al Proyecto de Ordenanza que declara de prioridad la atención de la salud mental de la población en el Distrito de Carabayllo, para su análisis y emisión del Dictamen respectivo; Que, el Artículo 29º inciso 1, del Reglamento Interno del Concejo Municipal, indica que las Comisiones son grupos de trabajo conformados por Regidores, cuya función principal es el estudio y elaboración de propuestas, así como la absolución de consultas en los asuntos que son puestos en su conocimiento, de acuerdo con su especialidad o materia, para la elaboración de Dictámenes y Proyectos de: Ordenanza, Acuerdos o Resoluciones del Concejo; Que, estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,