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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (07/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de octubre de 2020 El Peruano / con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 31 de Octubre de 2016; acuerdan APROBAR LA ORDENAZA MUNICIPAL que: DECLARA DE PRIORIDAD DISTRITAL LA ATENCIÓN DE LA SALUD MENTAL DE LA POBLACIÓN EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo Primero.- Declaración. DECLARAR de Prioridad Distrital la atención efi ciente, desconcentrada, coordinada y oportuna de la Salud Mental de la Población en el distrito de Carabayllo, permitiendo el acceso a la atención médica y psicoterapéutica a toda la población carabayllana sin discriminación alguna, enfocada en una intervención comunitaria que fortalezca las alianzas intersectoriales e interinstitucionales que amplíen y fortalezcan la RED de servicios en salud mental e involucre la participación de las familias y otros actores de la comunidad en la prevención y el tratamiento integral de la problemática de salud mental. Artículo Segundo.- Objetivos en salud mental en el distrito de Carabayllo. ESTABLECER como objetivos de la salud mental en el distrito de Carabayllo: • Contar con un PLAN MAESTRO EN SALUD MENTAL. • Contar con un sistema distrital de vigilancia epidemiológica de la salud mental a cargo del sector salud. • Promocionar la construcción de la Cultura de Paz y Salud Mental positiva que incluye vínculos afectivos, habilidades para la relación interpersonal saludable, proyecto de vida, salud mental en la familia, niñez, adolescencia y gestación, adultez y adultez mayor que conlleven el bienestar y la armonía en la convivencia familiar, comunal y social. • Fomentar la participación comunitaria en salud mental, promocionando sus derechos y deberes en salud mental de ciudadanas y ciudadanos en diversos sectores públicos, privados y de la sociedad civil. • Fomentar la erradicación del estigma hacia las personas afectadas en la salud mental, sensibilizando a la comunidad y familias la atención del problema y sensibilizando a la población respecto a la condición de afectación de la salud que es necesario atender, disminuyendo el abandono que actualmente sufren muchas personas afectadas por trastornos de la salud mental. • Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud que asiste a las personas afectadas en su salud mental fomentando el acceso a los servicios de salud mental a los segmentos vulnerables. • Priorizar la promoción y prevención en salud mental fortaleciendo las alianzas intersectoriales e interinstitucionales como factor del desarrollo local haciendo especial incidencia en el Sector Educación. • Sensibilizar, educar, informar y comunicar a la población sobre la salud mental positiva, los problemas y trastornos, mentales y la disponibilidad de servicios y programas en el sistema de salud y en otros que existan. • Fomentar la participación de agentes comunitarios y otras redes de voluntarios y voluntarias para los diversos aspectos del cuidado de la salud mental de la población. Artículo Tercero.- COMITÉ INTERSECTORIAL E INTERINSTITUCIONAL PARA LAS COORDINACIONES DE LAS POLITICAS LOCALES EN SALUD MENTAL EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO. Reconocer al COMITÉ INTERSECTORIAL E INTERINSTITUCIONAL PARA LAS COORDINACIONES DE LAS POLITICAS LOCALES EN SALUD MENTAL EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO, integrado por : 1) Representantes de la Municipalidad de Carabayllo 2) Representantes del Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado - Hideyo Noguchi. 3) Representantes de la RED de Salud Túpac Amaru4) Representantes del Centro Comunitario de Salud Mental Municipal 5) Representantes de la Micro Red de Salud de El Progreso 6) Representantes de la ONG SOCIOS EN SALUD7) Representantes de la ONG CARE PERU8) Representantes de la Comisión de Salud de la Mancomunidad de Lima Norte 9) Representantes de las redes de familiares, promotoras de salud, redes de acompañantes a pacientes con problemas de salud mental. El Propósito de este Comité es realizar coordinaciones para: a) Coordinaciones para el buen funcionamiento delCentro Comunitario de Salud Mental Municipal y el Hogar Protegido. b) Coordinaciones, formulación de propuestas y otras acciones de incidencia para el fortalecimiento y ampliación de la Red de servicios de salud mental en el distrito de Carabayllo. c) Coordinaciones y formulación de propuestas de iniciativas de proyectos para la ampliación y mejora de los servicios de salud mental en el distrito de Carabayllo. d) Promover y coordinar la elaboración del Plan Maestro de Salud Mental en el Distrito de Carabayllo. e) Promover la participación de la Mancomunidad de Lima Norte en la adopción de políticas públicas que atiendan la problemática de la salud mental en cada uno de los distritos de Lima Norte. Artículo Cuarto.- Responsabilidad y rectoría. ENCÁRGUESE a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Carabayllo conforme a sus competencias y funciones la rectoría institucional para la implementación de la presente política pública fomentando su transversalización institucional y la articulación de las intervenciones institucionales en esta materia. Teniendo como objetivos a cumplir: 1. Velar por el cumplimiento de la presente ordenanza. 2. Elaborar la propuesta de incorporación de la línea de salud mental en el eje de salud en el Plan de Desarrollo Concertado Local del Distrito de Carabayllo. 3. Representar a la Municipalidad de Carabayllo en los espacios y actividades a cumplir en materia de salud mental. 4. Gestionar la ampliación de los servicios de salud mental a la zona de Lomas, San Pedro y la zona rural del distrito de Carabayllo. 5. Implementar el Programa Municipal de salud mental articulando los programas existentes CASA AMIGA de atención a las mujeres y familias afectadas por la violencia familiar y sexual y OPCION POR LA VIDA para la prevención de la trata de personas y consumo de sustancias y otras acciones en coordinación con la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, la Sub Gerencia de la DEMUNA, OMAPED, ADULTO MAYOR, Sub Gerencia de Defensa Civil, Sub Gerencia de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Sub Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD MENTAL EN LOMAS, SAN PEDRO Y ZONA RURAL. Aprobar la suscripción de una tercera Adenda al Convenio Marco con el Instituto Nacional de Salud Mental Honorio Delgado – Hideyo Noguchi para la ampliación de los servicios de Salud Mental en las zonas de Lomas, San Pedro, zona rural incorporando para ello a la RED de Salud de Lima Norte (Puente Piedra). Artículo Sexto.- DE LA NOTIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMA Encargar a la Gerencia de Secretaría General la notifi cación y distribución de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano y a la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.