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15 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2020 El Peruano / Artículo 3.- Propuesta de Dispositivo Autoritativo El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social luego de recibir el informe a que se re fi ere el artículo anterior, veri fi ca el cumplimiento de las acciones previstas y propone al Ministerio de Economía y Finanzas el dispositivo autoritativo, para la modi fi cación de recursos entre sus unidades ejecutoras Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea de Perú, conforme a lo establecido en la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 4.- Publicación El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social “Anexo al Decreto Supremo que establece las acciones que deben realizar el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Gobierno Regional de Loreto, el Gobierno Regional de Puno y el Gobierno Regional de Ucayali, para la implementación de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social – PIAS Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del PerúTransferencia por el cumplimiento de acciones, hasta por un monto de S/.12 314 235,00. ACCIONESDEFINICIÓN OPERACIONALFUENTE DE VERIFICACIÓNFECHA DE PRESENTACIÓN DE INFORME Habilitación oportuna de la Plataforma para operar en condiciones seguras, con la logística y los servicios de buque disponibles para el soporte de las actividades de acción social a cargo del personal de funcionarios de las instituciones del estado embarcado.Plan de Trabajo 2020 modi fi cado que contemple (actividades a realizar, indicadores y presupuesto a nivel de Actividad, GG, Especí fi ca).Plan de Trabajo visado por la autoridad competente.Hasta 5 días calendario después de la publicación del Decreto Supremo. Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea del Perú Transferencia por el cumplimiento de acciones, hasta por un monto de S/ 4 397 477,00. ACCIONESDEFINICIÓN OPERACIONALFUENTE DE VERIFICACIÓNFECHA DE PRESENTACIÓN DE INFORME Brindar servicio de Transporte aéreo de personas, bienes, valores y/o suministros que se requiera con el fi n de garantizar el cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional PAIS.Plan de Trabajo 2020 que contemple (Puntos de intervención, tipo de aeronave; horas de vuelo y presupuesto).Plan de Trabajo visado por la autoridad competente.Hasta 5 días calendario después de la publicación del Decreto Supremo. (…)” 1891489-7ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú DECRETO SUPREMO Nº 305-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio N° 000103-2020-DM/MC, el Ministerio de Cultura solicita una demanda adicional de recursos, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, para fi nanciar la ampliación de los servicios de Plataformas Digitales, el pago de Locadores de Servicios, los gastos para el cumplimiento de los protocolos de seguridad y salud en el marco del COVID-19 y la instalación de 16 (dieciséis) antenas de transmisión de señal televisiva en el territorio nacional; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 000084-2020-OP/MC, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos; siendo en el marco de dicha solicitud que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú, remite los O fi cios N°s D000140 y D000150-2020- IRTP-GG, con información complementaria; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 10 289 236,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 116: Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos, por su coyuntura y naturaleza, no han sido previstos en el Presupuesto Institucional de dicho pliego para el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 10 289 236,00 (DIEZ MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP), para fi nanciar la ampliación de los servicios de Plataformas Digitales, el pago de Locadores de Servicios, los gastos para el cumplimiento de los protocolos de seguridad y salud en el marco del COVID-19 y la instalación de 16 (dieciséis) antenas de transmisión de señal televisiva en el territorio nacional, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: