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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (08/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 8 de octubre de 2020 / El Peruano ItemDeparta- mentoProvincia Distrito LocalidadUsua- rios 147 Cajamarca San MarcosJosé Manuel QuirozLICLIC 12 148 Cajamarca San Marcos José SabogalCASERIO EL LAYO CP GELIC21 149 Cajamarca San Marcos José SabogalCASERIO EL UÑIGAN CP TINYAYOC13 150 Cajamarca San Marcos José SabogalCASERIO JALCAPAMPA CP TINYAYOC16 151 Cajamarca San Marcos José SabogalCASERIO NUEVO SAN ANTONIO10 152 Cajamarca San Marcos José SabogalCENTRO POBLADO GELIG15 153 Cajamarca San Marcos José Sabogal SAN ROQUE 5154 Cajamarca San Marcos José SabogalSANTA ANA (ZAPALLOPAMPA)27 155 Cajamarca San Marcos José SabogalUNION NUEVO SAN MIGUEL29 156 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO ALFONSO UGARTE SECTOR HUAYLLACHACRA3 157 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO LA PAUQUILLA23 158 Cajamarca San Marcos Pedro Gálvez CASERIO LA TIZA 9159 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO LLOLLON5 160 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO POMABAMBA13 161 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO SAN JOSE DE EDELMIRA20 162 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCASERIO YAUARMARCA SECTOR LA LUCMILLA4 163 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCENTRO POBLADO EDELMIRA11 164 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezCENTRO POBLADO SHITAMALCA SECTOR CAMPANILLO15 165 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezEDELMIRA SECTOR EL MILAGRO4 166 Cajamarca San Marcos Pedro GálvezPENIPAMPA SECTOR POMABAMBA12 TOTAL 2487 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 142-2020 a suscribirse con ADINELSA, el cual consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 142-2020 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 142-2020, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.Artículo 6.- Notifi car la presente Resolución Directoral a ADINELSA dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario o fi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ OPORTO VARGAS Director GeneralDirección General de Electricidad 1889262-1 Otorgan a ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en obra ubicada en la provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 102-2020-MINEM/DGE Lima, 15 de setiembre de 2020 VISTO: El Expediente Nº 65392420, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Electri fi cación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Unifamiliares en los Anexos y Comunidades de Pucapampa, Caudalosa Grande, Santa Rosa, San Genaro, La Libertad, Choclococha y San José de Astobamba del Distrito de Santa Ana” (en adelante la OBRA), presentada por Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (ADINELSA) y el Informe Nº 179-2020-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cios Nº 048-2020-GG-ADINELSA y Nº 312-2020-GG-ADINELSA con Registros Nº 3032159 y Nº 3049512, de fechas 11 de marzo y 07 de julio de 2020, respectivamente, ADINELSA solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la obra “Electri fi cación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Unifamiliares en los Anexos y Comunidades de Pucapampa, Caudalosa Grande, Santa Rosa, San Genaro, La Libertad, Choclococha y San José de Astobamba del Distrito de Santa Ana” (en adelante, la OBRA), ubicada en la provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, cuyas coordenadas fi guran en el Expediente; Que, ADINELSA ha presentado la Resolución Directoral Regional Nº 001-2014-GOB.REG-HVCA/GRDE-DREM, de fecha 14 de enero de 2014, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Huancavelica aprueba la Declaración de Impacto Ambiental, así como la Resolución Directoral Nº Nº 063-2019-MEM/DGE, de fecha 24 de abril de 2019, mediante la cual la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas otorga la Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural, correspondiente a la OBRA, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;