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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (20/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 20 de octubre de 2020 El Peruano / Que, el inciso a) del Numeral 6.2.1 de la Directiva Nº 001-2018-PCM/SGP – Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado-, señala que el expediente que sustenta la aprobación del ROF de una municipalidad contiene la siguiente documentación en caso la modi fi cación de la estructura orgánica conlleve a un incremento del número de unidades de organización de uno o más niveles organizacionales: el proyecto de ordenanza municipal, el proyecto del ROF, el informe técnico al que se re fi ere el artículo 47 de los Lineamiento de Organización del Estado, elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el informe legal elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica. Que, mediante Informe Nº 063-2020-MPA-GPP, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto solicitó la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones –ROF- de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, para lo cual anexa el proyecto del ROF e Informe Técnico, al haberse aprobado una nueva Estructura Orgánica, dado el incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales, resulta necesario la aprobación del nuevo ROF. Que, mediante Informe Nº 0178-2020-MPA-GAJ, el Gerente de Asesoría Jurídica opina que es procedente la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, señalándose de cuantos títulos, capítulos y artículos consta; en consecuencia, debe derivarse al pleno del Concejo Municipal para su trámite correspondiente de aprobación. Debiéndose tener en cuenta que se debe publicar la Ordenanza Municipal que lo apruebe en el Diario O fi cial El Peruano, y que el texto íntegro del ROF y su organigrama institucional se publican en el Portal del Estado Peruano y en el Portal Institucional de esta Municipalidad. Que, el Numeral 6.2.4 de la Directiva Nº 001-2018- PCM/SGP indica que el expediente que sustenta la propuesta de ROF es elevado al Concejo Municipal para su trámite correspondiente, es decir para su aprobación. Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores asistentes a la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de febrero del 2020, y con la Dispensa de la Lectura del Acta y aprobación para ejecutar los acuerdos; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, la misma que consta de cuatro (4) títulos, ocho (8) capítulos, ciento setenta y siete (177) artículos, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- DEROGAR cualquier disposición municipal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas competentes, tomar las acciones necesarias para la adecuación e implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Informática la publicación de la Ordenanza, el íntegro del ROF y la Estructura Orgánica en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Ayabaca www.muniayabaca.gob.pe Dado en Ayabaca, en la Sede Municipal de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, a los 19 días del mes de febrero del año dos mil veinte.POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.BALDOMERO MARCHENA TACURE Alcalde 1894937-1 Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal - RICM de la Municipalidad Provincial de Ayabaca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2020-MPA-“CM” Ayabaca, 12 de agosto del 2020EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA VISTO:El Concejo Municipal Provincial de Ayabaca, en Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 07 de fecha 12 de agosto del 2020; y, vista la Propuesta del Reglamento Interno de Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 y la Ley Nº 30305 concordante con lo previsto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de expedir actos de gobierno, administrativos y de administración, dentro del marco jurídico vigente. Que, con Informe Nº 0239-2020-MPA-G.P.P., de fecha 23 de julio del 2020, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto pone a consideración del Pleno del Concejo Municipal la aprobación del nuevo Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, solicitando además su publicación correspondiente. Que, mediante Informe Nº 052-2020-MPA-SG, de fecha 29 de julio del 2020, la Secretaria General, emite opinión técnica que, luego de revisar el nuevo Reglamento Interno de Concejo, indica que se ha precisado las atribuciones, competencias y funciones de los miembros del Concejo Municipal, el desarrollo de las sesiones y el funcionamiento de las comisiones conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades. Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”. Y de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º numeral 8 de la misma Ley, es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”. Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades-, asigna al Concejo Municipal funciones normativas y fi scalizadoras. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 006-2017- MPA se aprobó el Reglamento Interno de Concejo vigente. Que, sobre la base de la normatividad vigente, y teniendo en cuenta que el Concejo Municipal debe contar con su Reglamento Interno de Concejo acorde a las normas vigentes, es necesario aprobar un nuevo Reglamento.