NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (12/09/2020)
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TEXTO PAGINA: 26
26 NORMAS LEGALES Sábado 12 de setiembre de 2020 / El Peruano de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; SE RESUELVE:Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la ENCARGATURA del Lic. José Miguel Vargas Rojas, en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 2º.- DESIGNAR al C.P.C. Freddy Orlando Alvarado Salazar, en el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Logística y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú. Artículo 3º.- DISPONER que la O fi cina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página web de la entidad (www.inbp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase . LUIS A. PONCE LA JARA Intendente Nacional de Bomberos del Perú 1884460-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 096-2020-CONCYTEC-P Lima, 10 de setiembre de 2020VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 043-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 096-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, en adelante la Directiva, la cual ha sido modi fi cada mediante Resoluciones de Presidencia Nº 092-2019-CONCYTEC-P y 038-2020-CONCYTEC-P; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verifi car que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Programa, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT, así como de precisar si se trata de un Instrumento/Esquema Financiero que se encuentra en ejecución cuyo convenio ha sido suscrito con entidades públicas o personas jurídicas privadas domiciliadas y no domiciliadas en el país, o si se trata de un Esquema Financiero proveniente de un concurso; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certi fi cado de Crédito Presupuestario y de veri fi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Veri fi car la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Veri fi car que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo, y iii) Verifi car que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 096-2020-FONDECYT- DE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita se apruebe las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 1’379,464.12 (Un Millón Trescientos Setenta y Nueve Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro y 12/100 Soles), señalando que permitirá cofi nanciar los programas ganadores del concurso del Esquema Financiero EF-033 denominado “Programas de Doctorado en Universidades Peruanas”, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 043-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los programas señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certi fi cados de Crédito Presupuestario Nº 999-2020, 1000-2020, 1001-2020, 1002-2020 y 1003-2020, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 156-2015-FONDECYT-DE, que aprueba los resultados del concurso del citado esquema fi nanciero; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos requisitos exigidos en la Directiva Nº 003-2018-CONCYTEC-OGPP, en las bases del concurso, en los contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;