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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (16/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2020 / El Peruano ofi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe). POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplaseVICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1885102-1 Aprueban Ordenanza que modifica e incorpora Capítulos y Artículos a la Ordenanza N° 685-MDEA que Regula la Tenencia, Protección y Reproducción de Canes y Felinos (domésticos) en el distrito de El Agustino ORDENANZA N° 699-MDEA El Agustino, 21 de agosto del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINOVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de fecha 21 de Agosto del 2020, la Carta N° 01-2020-CRDH/MDEA de fecha 20 de Agosto del 2020 de la Comisión de Regidores de Desarrollo Humano sobre propuesta de ordenanza que modi fi ca e incorpora Capítulos y Artículos a la Ordenanza N° 685-MDEA que Regula la Tenencia, Protección y Reproducción de Canes y Felinos (domésticos) en el distrito de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional – Ley N° 30305 y en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Articulo IV, Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenido y armónico de su circunscripción; Que, la Ley N° 30407 – Ley de Protección y Bienestar Animal, prohíbe todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente a los animales; Que, el artículo 10 de la Ley N° 27596 – Ley que regula el Régimen Jurídico de Canes y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2002—SA, establece la competencia de las Municipalidades en lo que respecta al régimen administrativo de la tenencia de canes; Que, mediante Ordenanza N° 685-MDEA de fecha 08 de Noviembre del 2019, se regula en el distrito de El Agustino la Tenencia, Protección y Reproducción de Canes y Felinos (domésticos), en cuyo anexo se determinan las disposiciones normativas, administrativas, infractoras y sancionadoras para su aplicación; Que, mediante Carta N° 01-2020-CRDH/MDEA de fecha 20 de Agosto del 2020, la Comisión de Regidores de Desarrollo Humano propone al Concejo Municipal la modi fi catoria e incorporación de Capítulos y Artículos a la Ordenanza N° 685-MDEA que Regula la Tenencia, Protección y Reproducción de Canes y Felinos (domésticos) en el distrito de El Agustino; Que, de conformidad con los artículo 20°, numeral 1), artículo 9°, numeral 8), artículo 10°, numeral 1) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de comisiones, de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA E INCORPORA CAPÍTULOS Y ARTÍCULOS A LA ORDENANZA N° 685- MDEA QUE REGULA LA TENENCIA, PROTECCIÓN Y REPRODUCCIÓN DE CANES Y FELINOS (DOMÉSTICOS) EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo 1°: APROBAR, la Ordenanza que modi fi ca e incorpora Capítulos y Artículos a la Ordenanza N° 685-MDEA que Regula la Tenencia, Protección y Reproducción de Canes y Felinos (domésticos) en el distrito de El Agustino, cuyo Anexo se adjunta a la presente Ordenanza. Artículo 2°: FACULTAR, al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias, ampliatorias y reglamentarias a la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DISPONER, el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Ambiental, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas que son de su competencia, según lo que corresponde conforme a sus atribuciones. Artículo 4°.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación del anexo en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional su correspondiente difusión masiva. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 1885102-2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Convocan a presidentes de los Comités de Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro para la elección de su representante ante el Concejo Municipal y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 014 -2020-ALC/MSI San Isidro, 15 de setiembre del 2020EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: Los Informes Vía Remota N° 005 y N° 008- 2020-0130-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal, el Memorándum Vía Remota N° 141-2020-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, y el Informe Vía Remota N° 0167-2020-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven y apoyan la participación vecinal en el desarrollo local; concordante con su artículo 31° que señala que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción y que la ley