TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Martes 6 de abril de 2021 El Peruano / 10.5 En toda entidad debe estar de fi nida la autoridad de la gestión administrativa, que forma parte de la Alta Dirección y actúa como nexo de coordinación entre esta y los órganos de asesoramiento y de apoyo. En los Ministerios esta función es ejercida por la Secretaría General; en los Gobiernos Regionales por la Gerencia General Regional y en los Gobiernos Locales por la Gerencia Municipal. En los organismos públicos, se denomina Gerencia General.” “Artículo 12.- Órganos de Administración Interna (...) 12.6 En los Gobiernos Locales, se denominan Ofi cinas , de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades.” “Artículo 14.- Órganos Desconcentrados14.1 Son órganos que desarrollan funciones sustantivas para prestar bienes o servicios, y se crean para atender necesidades no cubiertas en el territorio. Requieren de una organización desconcentrada, distinta a la de la entidad de la cual forman parte, la cual se desarrolla en un manual de operaciones, de corresponder. Actúan en representación de la entidad de la cual forman parte. En el ROF se habilita a la entidad a crear órganos desconcentrados y se establecen sus funciones especí fi cas, de conformidad con lo dispuesto en la normativa sustantiva aplicable a la entidad. (...).” “Artículo 15.- Otros Órganos De acuerdo a sus funciones una entidad puede tener los siguientes órganos, siempre que su Ley de creación lo faculte: (...)c. Órganos Consultivos Son los encargados de asesorar o emitir opinión sobre asuntos que solicite la Alta Dirección, conformados por un equipo colegiado experto en la materia o vinculado a ella. Sus miembros pueden ser designados por la propia Ley que los crea, mediante el mecanismo previsto por esta o por el Titular de la entidad. Ejercen funciones ad honorem y no ejercen una línea de autoridad ni poseen dependencia jerárquica. Se ubican en el primer nivel organizacional y no tienen unidades orgánicas. Incluye a las Comisiones Consultivas, las que se crean mediante Resolución Suprema, la cual regula su objeto, la designación de los representantes que la conforman, su plazo de vigencia, sus funciones y la entidad de la cual depende”. “Artículo 28.- Grupos de trabajo(...) 28.2 Pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio que la preside. Pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto de la comisión. (...).” “Artículo 29.- Comités29.1 Los comités son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean conforme lo dispuesto en la normativa especial que los regula, para tomar decisiones sobre materias especí fi cas. Sus miembros actúan en representación del órgano o entidad a la cual representan y sus decisiones tienen efectos vinculantes para éstos, así como para terceros, de ser el caso. (...).”“Artículo 31.- Norma que aprueba la creación de entidades (...) 31.3 Los programas y proyectos especiales del Poder Ejecutivo se crean mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. (...).” “Artículo 39.- Cambio de dependencia de programas, proyectos especiales, fondos, comisiones permanentes y otros (...) 39.3 El cambio de dependencia se aprueba mediante Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública.” “Artículo 44.- Contenido del Reglamento de Organización y Funciones El ROF de las entidades del Poder Ejecutivo se divide en secciones y títulos: 1. Sección primera. Compuesta por tres títulos: Título I. Disposiciones generalesa) Naturaleza jurídica. b) Adscripción (en el caso de los organismos públicos)c) Jurisdicción. Comprende el ámbito territorial sobre el que ejerce sus competencias. Se presume, salvo disposición en contrario, que la jurisdicción que ejerce la entidad corresponde al nivel de gobierno al que pertenece. d) Competencias, identi fi cando las materias que las comprenden, y funciones generales de la entidad e) Base Legal. Listado de normas sustantivas sobre las cuales se sustentan sus competencias y las funciones generales de la entidad. (...). Título III. Órganos del segundo nivel organizacionalDesarrolla el segundo nivel organizacional, señalando para cada órgano de dicho nivel su ámbito material de competencia y sus funciones especí fi cas, diferenciando entre los tipos de órganos. Cuando la entidad no cuente con más niveles organizacionales, la sección primera incluye como anexos a la estructura orgánica y el organigrama de la entidad. Además, de corresponder, incluye un apartado fi nal en el que se hace referencia, a las comisiones multisectoriales de carácter permanente, programas y proyectos especiales bajo dependencia de la entidad, así como a los organismos públicos adscritos, en el caso de los ministerios. (...).” “Artículo 44-A.- Texto integrado del ROF de una entidad del Poder Ejecutivo (...)Cuando se modi fi ca el ROF, al día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano del decreto supremo o resolución del titular, la entidad cuenta con cinco (5) días hábiles para actualizar el Texto Integrado, bajo responsabilidad de su O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y de su O fi cina de Asesoría Jurídica.” Artículo 45.- Norma que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (...)45.3 Las entidades que no forman parte del Poder Ejecutivo aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera: a) El Poder Judicial, Organismos Constitucionalmente Autónomos y Universidades Públicas, por Resolución del Titular.