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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (15/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 15 de abril de 2021 El Peruano / DIAIA tiene como objetivo establecer y conducir el sistema de registro y control de plaguicidas químicos de uso agrícola y productos biológicos para el control de plagas agrícolas, de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales en vigencia sobre la materia; Que, según el informe técnico del visto, la Subdirección de Insumos Agrícolas señala que los COPs están ligados a una serie de efectos nocivos para la salud humana, como trastornos congénitos, daño del sistema inmunológico y respiratorio, problemas reproductivos, desórdenes de índole sexual, periodos de lactación humana más cortos y mal funcionamiento endócrino; Que, asimismo, el mencionado informe re fi ere que la Organización Mundial de la Salud a través de su Agencia Internacional para la investigación del cáncer, considera a muchos de los COPs como potenciales carcinógenos humanos; Que, la Subdirección de Insumos Agrícolas agrega que el Dicofol es un COP cuya formulación concentrada tóxica y su exposición prolongada o repetida puede causar irritación de la piel, hiperestimulación de las transmisiones nerviosas a lo largo de los axones nerviosos en el ser humano. Asimismo, dicho producto químico o ingrediente activo es altamente tóxico en peces, invertebrados acuáticos, algas y, en aves, está ligado al adelgazamiento de la cáscara de huevo y la fertilidad reducida; Que, las formulaciones de PQUAs con ingrediente activo Dicofol no se encuentran registradas en el Perú, ni se tienen antecedentes de su registro en los últimos veinticinco (25) años, no existiendo además solicitudes de registro en trámite. Sin embargo, este tipo de peticiones podrían presentarse en cualquier momento, por lo que se deben adoptar oportunamente las medidas correspondientes; Que, el fi n del Estado es proveer el bienestar general, lo cual no es ajeno a su obligación de proteger los derechos fundamentales como la vida, la salud, el medio ambiente, entre otros. En ese sentido, el SENASA como parte del Estado peruano no puede abstraerse de esta protección, por lo que como ente rector de la Sanidad Agraria debe observar las implicancias del uso de los PQUAs con ingrediente activo Dicofol en la salud y el medio ambiente, y de ser el caso establecer restricciones o prohibiciones dentro del marco normativo que lo faculta; De conformidad con lo establecido en la Decisión 804 de la Comunidad Andina; el Decreto Legislativo Nº 1059; el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG; el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y su modi fi catoria; el Decreto Legislativo Nº 1387; el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAGRI; y con las visaciones del Director (e) de la Subdirección de Insumos Agrícolas y del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prohibir el registro, importación, fabricación, formulación local, distribución, comercialización, almacenamiento, envasado, y uso de formulaciones comerciales de plaguicidas agrícolas que contengan el ingrediente activo Dicofol, así como de los derivados y compuestos formulados con este ingrediente activo, en atención a los considerandos expuestos en la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Directoral en el diario o fi cial El Peruano y en el portal web institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa). Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIEL AMILCAR VIZCARRA CASTILLO Director GeneralDirección de Insumos Agropecuarios e InocuidadAgroalimentariaServicio Nacional de Sanidad Agraria 1 El literal a) de artículo 2 del Convenio indica como de fi nición de “Parte” se entiende un Estado o una organización de integración económica regional que haya consentido en someterse a las obligaciones establecidas en el presente Convenio y en los que el Convenio está en vigor.2 Modi fi cación de la Decisión 436 (Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola). 3 Decreto Legislativo que fortalece las competencias, las funciones de supervisión, fi scalización y sanción y, la Rectoría del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA. 1943765-1 Designan Asesor de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 082-2021-ANA Lima, 14 de abril de 2021 VISTOS: El Informe N° 0316-2021-ANA-OA-URH de fecha 13 de abril de 2021, emitido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 307-2021-ANA-OAJ de fecha 13 de abril de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, establece en su artículo 7° que la Alta Dirección es el máximo nivel de decisión de las Autoridad Nacional del Agua y está constituida por el Consejo Directivo, la Jefatura y la Gerencia General; Que, con Resolución Jefatural N° 212-2020-ANA se designó a la Abg. Lillian Lourdes Carrillo Meza, como Asesora de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua; cuya designación se ha visto por conveniente dar por concluida y designar al profesional que desempeñe el referido cargo; Que, la Unidad de Recursos Humanos a través del Informe de Vistos comunica que el profesional propuesto no registra antecedentes policiales, penales y judiciales, ni sanciones administrativas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles; en ese mismo sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal de Vistos, opina que resulta legalmente viable emitir la respectiva resolución de designación del profesional que desempeñará el cargo de Asesor de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conclusión de designación Concluir, a partir de la fecha, la designación de la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza, como Asesora de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designación Designar, a partir de la fecha, al señor Raúl Asunción Lavandera Valverde, en el cargo de Asesor de la Gerencia General de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3º.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a la señora Lillian Lourdes Carrillo Meza y al señor Raúl Asunción Lavandera Valverde, así como, a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la institución: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 1943946-1