TEXTO PAGINA: 15
15 NORMAS LEGALES Sábado 17 de abril de 2021 El Peruano / por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio Nº 00463-2021-MINDEF/ VPD/DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico Nº 084-2021-MINDEF/VPD/DIGRIN, mediante el cual emite opinión favorable a la autorización de ampliación de permanencia en el exterior del citado O fi cial Subalterno; Que, mediante el Informe Legal Nº 00279-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, la ampliación de permanencia en el exterior del citado Ofi cial Subalterno, con e fi cacia anticipada del 3 de abril al 21 de mayo de 2021, al amparo de lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Teniente Segundo Jaime SÁNCHEZ WAHLE, identi fi cado con CIP Nº 00151269 y DNI Nº 76454157, con e fi cacia anticipada del 3 de abril al 21 de mayo del 2021, para que continúe participando en el Curso de Perfeccionamiento de Submarinos para O fi ciales (CASO) en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil; así como, autorizar su retorno al país el 22 de mayo del 2021. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (retorno): Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima US$ 1,159.91 x 1 persona US$ 1,159.91 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,226.74 / 30 x 28 días (abril 2021) x 1 O ficial Subalterno US$ 5,226.74 / 31 x 21 días (mayo 2021) x 1 O ficial SubalternoUS$ 4,878.29 US$ 3,540.69Gastos de Traslado(retorno): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,226.74 x 1 compensación US$ 5,226.74 Total a pagar: US$ 14,805.63 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 4.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Marina de Guerra del Perú en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Subalterno designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado O fi cial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la misión de estudios. Artículo 8.- El citado Oficial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1944499-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0062-2021-MIDAGRI-SENASA 16 de abril de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural-0028-2020- MINAGRI-SENASA, publicada el 15 de febrero de 2020 en el diario o fi cial El Peruano, se designa al señor César Augusto de la Cruz Lezcano en el cargo de Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, con reserva de su plaza de origen; Que, con carta de fecha 14 de abril de 2021, el señor César Augusto de la Cruz Lezcano presentó su renuncia al cargo de Director General de la Dirección de Sanidad