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19 NORMAS LEGALES Sábado 17 de abril de 2021 El Peruano / Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2021-MIDIS, se autoriza el adelanto de transferencia a usuarios del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciendo en su artículo 1 “Autorícese al Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” a efectuar transferencias monetarias adelantadas, correspondiente a la relación bimestral de usuarios del periodo mayo - junio de 2021, de acuerdo al Padrón General de Hogares – PGH, que reúnan los requisitos de a fi liación establecidos en su norma de creación, de manera conjunta con la transferencia monetaria correspondiente al periodo marzo - abril 2021, coadyuvando a disminuir el riesgo de contagio de COVID-19 de los usuarios y usuarias del Programa”; Que, en ese contexto, mediante Informe N° D000171- 2021-PENSION65-UO, la Unidad de Operaciones solicita efectuar la modi fi cación al anexo de la Resolución Directoral N° D000011-2021-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2021 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales N° D000020-2021-PENSION65-DE y N° D000066-2021-PENSION65-DE, proponiendo una nueva fecha de pago para el periodo marzo - abril 2021, el mismo que inicia el 22 de abril de 2021, así como, adelantar a la fecha propuesta, el pago de la subvención económica programada para el periodo mayo – junio 2021. Dicho requerimiento se sustenta en la situación actual de las principales regiones del país a consecuencia de la emergencia sanitaria a nivel nacional declarada por el COVID-19, así como, la persistencia en las di fi cultades en la capacidad operativa del Banco de la Nación, limitada por la normatividad vigente asociada a la emergencia sanitaria, que busca establecer medidas de prevención y control a fi n de reducir la concentración de personal en espacios cerrados o abiertos, situación que diera merito a la modi fi cación referida mediante Resolución Directoral N° D000066-2021-PENSION65-DE y en merito a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2021-MIDIS; Que, mediante el informe N° D000193-2021- PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la modi fi cación del anexo de la Resolución Directoral N° D000011-2021-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2021 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales N° D000020-2021-PENSION65-DE y N° D000066-2021-PENSION65-DE, al encontrarse conforme a las normas de la materia; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Operaciones y del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y posteriores modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, la Resolución Directoral N° 078-2019-MIDIS/P65-DE y el Decreto Supremo N° 004-2021-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el anexo de la Resolución N° D000011-2021-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2021 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, modi fi cado mediante Resoluciones Directorales N° D000020-2021-PENSION65-DE y N° D000066-2021-PENSION65-DE, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, realice las acciones correspondientes, a fi n de garantizar la debida supervisión y monitoreo del cumplimiento del cronograma de pagos para el ejercicio 2021. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial El Peruano y que la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, en el plazo de 02 días hábiles de emitido el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en el portal institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ Directora EjecutivaPrograma Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 CRONOGRAMA DE PAGOS DEL AÑO 2021 PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA “PENSIÓN 65” N° PeriodoFecha de Aprobación de la RBU con Resolución DirectoralFecha de Inicio de Pago en AgenciaFecha de Inicio de Pago con ETV 1Enero- Febrero15 de febrero de 202122 de febrero de 202108 de marzo de 2021 2Marzo-Abril Mayo-Junio19 de abril de 202122 de abril de 202126 de abril de 2021 3 Julio-Agosto 11 de agosto de 202116 de agosto de 202113 de setiembre de 2021 4Setiembre- Octubre05 de octubre de 202111 de octubre de 202115 de noviembre de 2021 5Noviembre- Diciembre09 de diciembre de 202114 de diciembre de 202117 de enero de 2022 1944731-1 ENERGIA Y MINAS Establecen con carácter permanente a favor de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica de la que es titular Luz del Sur S .A.A., la ser vidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad estatal para la Subestación Eléctrica de Distribución N° 1478, ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 092-2021-MINEM/DM Lima, 6 de abril de 2021VISTOS: El Expediente Nº 31245918 sobre solicitud de establecimiento de servidumbre de ocupación para la Subestación Eléctrica de Distribución Nº 1478 (en adelante, SED Nº 1478); los Informes Nº 402-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 156-2021-MINEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y, el Informe Nº 220-2021-MINEM/OGAJ elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-94-EM publicada el 12 de julio de 1994, el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM) otorga la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de servicio público de electricidad (en adelante, la CONCESIÓN) a Empresa de Distribución Eléctrica de Lima – Sur S.A. o EDELSUR S.A., aprobándose el Contrato de Concesión Nº 002-94; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, el MINEM aprueba la trasferencia de la CONCESIÓN a favor de Luz del Sur S.A., denominada actualmente Luz del Sur S.A.A.; Que, mediante documento con Registro Nº 2815937 de fecha 22 de mayo de 2018, Luz del Sur S.A.A. solicita el establecimiento de servidumbre para la SED Nº 1478, ubicada en la Av. La Unión, al frente de la Mza. R-14, por el cual se aprecia una calle S/N, en el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay, Parcela 1, distrito de Pachacámac,