TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Sábado 17 de abril de 2021 / El Peruano 00000244-2021-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2005- EM se aprueba el Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), el mismo que se aplica a nivel nacional para la instalación y operación de los Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), de los Consumidores Directos de GNV y de los Establecimientos Destinados al Suministro de GNV en Sistemas Integrados de Transporte (SIT); Que, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 3, 79 y 80 del Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV), el Consejo Supervisor es el órgano multisectorial que está conformado por un representante del Ministerio de Energía y Minas, un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y un representante del Ministerio de la Producción; y tiene como funciones principales, garantizar el correcto funcionamiento del Sistema de Control de Carga de GNV y designar al Administrador de dicho Sistema; Que, por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 029-2020-PRODUCE se designa como representantes del Ministerio de la Producción ante el Consejo Supervisor de Gas Natural Vehicular, al/a la Director/a General de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria como representante titular, y al/a la Director/a de la Dirección de Tecnología de la Dirección General de Innovación, Tecnología, Digitalización y Formalización como representante alterno; Que, a través del Memorando Nº 00000498-2021-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria propone designar al/a la Director/a de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados y al/ a la Director/a de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio como nuevos representantes, titular y alterno/a, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el referido Consejo Supervisor; Que, considerando las competencias asignadas a las unidades orgánicas de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, resulta necesario designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Supervisor de Gas Natural Vehicular y dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante la Resolución Ministerial Nº 029-2020-PRODUCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 006-2005-EM, que aprueba el Reglamento para la Instalación y Operación de Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular (GNV); SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al/a la Director/a de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados y al/ a la Director/a de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria como representantes, titular y alterno/a, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Supervisor de Gas Natural Vehicular, conformado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2005-EM. Artículo 2.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 029-2020-PRODUCE, como representantes del Ministerio de la Producción ante el Consejo Supervisor de Gas Natural Vehicular, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al/a la Director/a de la Dirección de Ordenamiento de Productos Industriales y Fiscalizados y al/ a la Director/a de la Dirección de Normatividad de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1944750-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el “Convenio entre la República del Perú y Rumania referido a la autorización del empleo de familiares dependientes de los miembros del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares” DECRETO SUPREMO N° 012-2021-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Convenio entre la República del Perú y Rumania referido a la autorización del empleo de familiares dependientes de los miembros del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y O fi cinas Consulares” fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE (MIN) N° 6/3 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 6 de enero de 2021, y Nota N° G1/53 del Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumanía del 12 de enero de 2021; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; Que es conforme con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y rati fi car tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Convenio entre la República del Perú y Rumania referido a la autorización del empleo de familiares dependientes de los miembros del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y O fi cinas Consulares” formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE (MIN) N° 6/3 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 6 de enero de 2021, y Nota N° G1/53 del Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumanía del 12 de enero de 2021. Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como la fecha de su entrada en vigencia, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.