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11 NORMAS LEGALES Martes 27 de abril de 2021 El Peruano / son especialistas en producción, creadores, gestores culturales, investigación, legislación u otras áreas especializadas en materia cultural. El CIE tiene un plazo de cinco días hábiles, prorrogables a cinco días más, para emitir el Acta de Evaluación de Bene fi ciarios la cual es entregada a la DGIA, contados a partir del día siguiente de cerrada la convocatoria. Este CIE se encarga de revisar los proyectos, con los siguientes criterios: a. Coherencia entre los aspectos técnicos y fi nancieros de la propuesta en relación a la fi nalidad de la presente convocatoria. b. Viabilidad del cronograma de acciones. c. Pertinencia de la solicitud en relación a la fi nalidad del apoyo económico y resultados esperados. d. Aporte del Cronograma de acciones, al ejercicio de los derechos culturales de los ciudadanos. e. El CIE prioriza aquellas solicitudes que sean presentadas por población vulnerable y/o que incluyan un Cronograma de acciones destinado a bene fi ciar a población vulnerable. Para fi nes de esta convocatoria, se comprende dentro de la población vulnerable a la población afrodescendiente, a los pueblos indígenas u originarios y a las personas con discapacidad. Luego de culminado el proceso de evaluación de las mencionadas solicitudes, se procederá con la evaluación de las restantes. El CIE se instala de manera permanente hasta que se agote el presupuesto asignado. Una vez agotados los recursos, se tiene por concluidos todos los procedimientos en trámite, lo que es comunicado vía casilla electrónica a los solicitantes.“ Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1947476-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan representantes del Ministerio ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales PEJEZA, PESCS, PEJSIB, PEAH, PEPP y PEDAMAALC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0106-2021-MIDAGRI Lima, 23 de abril de 2021VISTO: El O fi cio N° 0022-2021-MIDAGRI-DVDAFIR del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 011-2008- AG, dispone que se constituya un Consejo Directivo en cada uno de los Proyectos Especiales de Jequetepeque - Zaña; Sierra - Centro - Sur; Pichis - Palcazu; Jaén - San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga; disponiendo en el literal b) de dicho artículo que cada Consejo Directivo está conformado, entre otro, por un (01) representante del Ministerio de Agricultura ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, el Decreto Supremo N° 010-2013-MINAGRI, crea el Proyecto Especial “Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui”, en adelante PEDAMAALC, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, disponiendo en su artículo 5 que cuenta con un Consejo Directivo conformado, entre otros, por dos (02) representantes de este Ministerio, uno de los cuales lo presidirá; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0482-2019-MINAGRI, entre otros, se designa al Presidente y al segundo representante ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Resolución Ministerial N° 0019-2020-MINAGRI, entre otros, se designa al Presidente y segundo representante del Ministerio ante el Consejo Directivo de los Proyectos Especiales Jequetepeque – Zaña (PEJEZA); Jaén – San Ignacio – Bagua (PEJSIB); Alto Huallaga (PEAH); Pichis Palcazu (PEPP); Datem del Marañón – Alto Amazonas – Loreto – Condorcanqui (PEDAMAALC); Que, por O fi cio N° 0022-2021-MIDAGRI-DVDAFIR del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, se propone a los integrantes de los Consejos Directivos de los citados Proyectos Especiales a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, siendo necesario dar por concluida las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Ministeriales N°s. 0482-2019-MINAGRI y 0019-2020-MINAGRI; así como designar a los representantes propuestos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; el Decreto Supremo N° 011-2008-AG, Constituyen Consejos Directivos en los Proyectos Especiales de Jequetepeque - Zaña; Sierra - Centro - Sur; Pichis - Palcazu; Jaén - San Ignacio - Bagua y Alto Huallaga y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo 010-2013-MINAGRI, que crea el Proyecto Especial “Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Ministeriales N°s. 0482-2019-MINAGRI y 0019-2020-MINAGRI, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar los representantes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución, según se indica: a) Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña – PEJEZA - Jefe/a de la O fi cina Zonal Chiclayo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, quien lo presidirá. - Jefe/a de la O fi cina Zonal Trujillo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI. b) Proyecto Especial Sierra Centro Sur – PESCS- Director/a Ejecutivo de la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, quien lo preside. - Director/a Zonal Ayacucho del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL c) Proyecto Especial Jaén - San Ignacio – Bagua – PEJSIB - Administrador/a Local del Agua Chinchipe – Chamaya, quien lo preside. - Administrador/a Local del Agua Utcubamba. d) Proyecto Especial Alto Huallaga – PEAH- Administrador/a Local del Agua Tingo María, quien lo preside. - Directora/a Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL.