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9 NORMAS LEGALES Martes 27 de abril de 2021 El Peruano / Con las visaciones del despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción póstuma de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor LUIS JAIME CISNEROS VIZQUERRA por su amplia trayectoria intelectual y creadora en aporte de la Nación, trayectoria que ha sido reconocida por distintas instituciones, siendo merecedor de las Palmas Magisteriales en grado de Amauta y la Orden del Sol en grado de Gran Cruz. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1946916-1 Otorgan distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000118-2021-DM/MC San Borja, 22 de abril del 2021VISTOS; el Proveído N° 002204-2021-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000170-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 000430-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 81 del ROF, establece que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; además, de acuerdo al numeral 81.3 de la norma citada, le corresponde emitir opinión técnica sobre las materias de su competencia que le sean requeridos o consultados; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva; Que, la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone otorgar el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Ana Denise Varela Tafur; Que, mediante el Informe N° 000084-2021-DLL/MC, la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, recomienda se le otorgue el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Ana Denise Varela Tafur por ser una importante poeta peruana, nacida en 1963 en Iquitos; cursa estudios de ingeniería química y de lengua y literatura en la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana – UNAP; forma parte del grupo Urcututu, colectivo que agrupa a artistas y escritores loretanos con el objetivo de impulsar y rea fi rmar la identidad amazónica, así como hacer eco de los problemas sociales que históricamente se han establecido en la Amazonía; obtiene el prestigioso Premio Copé de Oro en la V Bienal de Poesía con su libro Lo que no veo en visiones, fue la primera mujer en ganar dicho premio; sus poemas son conocidos internacionalmente pues han aparecido en publicaciones como Diálogo (de la DePaul University de Chicago), The Dirty Goat, Literary Amazonia (libro editado en inglés por Nicomedes Suárez-Araúz y Amazonian Literary Review (editado por Center for Amazonian Literature and Culture del Smith College en Northampton, Massachusetts); Que, a través del Informe Nº 000170-2021-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, concluye que corresponde otorgarle el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Ana Denise Varela Tafur por su amplia trayectoria intelectual y creadora en aporte de la Nación; trayectoria que ha sido muy importante en el desarrollo y visibilización de la literatura amazónica; Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Ana Denise Varela Tafur; Con las visaciones del despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 107-2016-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la señora ANA DENISE VARELA