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15 NORMAS LEGALES Martes 27 de abril de 2021 El Peruano / midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1947286-1 Designan jefa de la Unidad de Articulación y Gestión de Servicios del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000042-2021-MIDIS/PNPAIS-DE Lima, 26 de abril de 2021 VISTOS:El Informe N° D000075-2021-MIDIS/PNPAIS-URRHH, de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº D000082-2021-MIDIS/PNPAIS-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 263-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 070-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Programa Nacional PAIS, en el cual se considera el puesto de jefe/a de la Unidad Territorial Arequipa como cargo de con fi anza del Programa; Que, mediante Resolución Directoral N° 219-2020-MIDIS/PNPAIS, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional PAIS, que describe de manera estructurada todos los per fi les de puestos de la entidad y contiene los requisitos para el referido puesto; Que, el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, señala que los trabajadores CAS, pueden quedar sujetos a la acción administrativa de designación temporal, como representante de la entidad contratante ante comisiones y grupos de trabajo; como miembro de órganos colegiados; y/o como directivo superior o empleado de con fi anza; Que, el artículo 4 de la Ley N° 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los Regímenes Laborales del Sector Publico”, señala que: “(…). Quedan exceptuados de los alcances de la presente ley los trabajadores CAS que hayan sido contratados como CAS de con fi anza”; Que, mediante Informe N° D000075-2021-MIDIS/ PNPAIS-URRHH, la Unidad de Recursos Humanos indica que el puesto de jefe de la Unidad de Articulación y Gestión de Servicios es cali fi cado como puesto de con fi anza en el CAP Provisional del Programa, el mismo que se encuentra vacante; asimismo, informa que evaluada la hoja de vida de la profesional Marlith Calderón Babilonia, se veri fi ca que cumple con los requisitos establecidos para el referido puesto, por lo que recomienda realizar las acciones correspondientes para su designación, a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Informe Legal Nº D000082-2021- MIDIS/PNPAIS-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que, conforme a lo informado por la Unidad de Recursos Humanos, resulta viable emitir el acto resolutivo que designe a la señora Marlith Calderón Babilonia, en el puesto de con fi anza de la Unidad de Articulación y Gestión de Servicios: De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleado Público; el Decreto Supremo N° 013-2017-MIDIS, mediante el cual se constituye el Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”; la Resolución Ministerial N° 263-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS y la Resolución Ministerial N° 070-2018-MIDIS que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Programa Nacional PAIS; Con el visto de las jefaturas de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Designar a la señora MARLITH CALDERÓN BABILONIA, en el puesto de con fi anza de jefa de la Unidad de Articulación y Gestión de Servicios del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”. Artículo 2°.- Encargar a la Unidad de Administración las acciones necesarias para la noti fi cación de la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 1, a los jefes de las unidades orgánicas, unidades territoriales y al coordinador técnico del Programa. Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia del Programa Nacional PAIS. Artículo 4º.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, notifíquese y/o publíquese.CECILIA NATIVIDAD MEDINA CCOYLLO Directora Ejecutiva 1947348-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 DECRETO SUPREMO N° 085-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el artículo 39 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional en el presupuesto del Año Fiscal 2021, a favor de las unidades ejecutoras de educación de los Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), para el fi nanciamiento de las intervenciones priorizadas por el Ministerio de Educación, así como para el fi nanciamiento de los bienes, servicios, equipamiento, acondicionamiento y mantenimiento de infraestructura del Programa Presupuestal “Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria”, así como acciones centrales, lo que no incluye el fi nanciamiento de contratación de personal; estableciendo que dichas modi fi caciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a propuesta de este último, debiéndose publicar hasta el 31 de agosto de 2021; Que, asimismo, el citado artículo 39 dispone que los referidos recursos son transferidos previo cumplimiento de los compromisos de desempeño para la adecuada provisión de servicios educativos de calidad relacionados