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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (27/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 27 de abril de 2021 El Peruano / Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS; una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentren bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, los numerales 30.1 y 30.2 del artículo 30 del Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, (en adelante el Reglamento) señalan que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS y que el uso de la Ficha de Homologación es obligatorio a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, siempre que no se haya convocado el procedimiento de selección correspondiente; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento señala, entre otros, que la aprobación de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS, siendo esta facultad indelegable; Que, el numeral 31.2 del artículo 31 del Reglamento establece que el proyecto de Ficha de Homologación se prepublica en el portal institucional de la Entidad que realiza la homologación, de PERÚ COMPRAS y en el SEACE a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, contando la Entidad con un plazo de diez (10) días hábiles para evaluar y, de ser el caso, modi fi car el proyecto de fi cha de homologación; Que, el numeral 8.10 de la Directiva Nº 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante la Directiva), aprobada por Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS establece que una vez fi nalizadas las actividades de prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación y evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones al proyecto de Ficha de Homologación, los ministerios solicitarán a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS emitir opinión respecto de la viabilidad del proyecto de Fichas de Homologación; Que, el subnumeral 8.13.1 del numeral 8.13 de la Directiva señala que contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, la Ficha de Homologación será aprobada mediante Resolución Ministerial, la cual será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el sub numeral 8.13.2 del numeral 8.13 de la Directiva estable que “El Ministerio deberá remitir a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS la Resolución de aprobación y la Ficha de Homologación aprobada, el mismo día de publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” publicada en el portal institucional de PERÚ COMPRAS”; Que, por O fi cio Nº 000088-2021-PERÚ COMPRAS- PERÚ COMPRAS el Jefe de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS remite el Informe Nº 000021-2021-PERÚ COMPRAS-DES de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS mediante el cual emite opinión favorable sobre el Proyecto de las Fichas de Homologación de “Semillas de Alfalfa, clase no certi fi cada, dormancia 3-4, 5-6 y 8-10”; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, de la Directora Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su modi fi catoria; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS que aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de homologación de requerimientos”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar tres (03) Fichas de Homologación de “Semillas de Alfalfa, clase no certi fi cada, dormancia 3-4, 5-6 y 8-10”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle: N° Código CUBSO Denominación del Bien 1 1015170300388357 Semilla de Alfalfa, clase no certi fi cada. Dormancia 3-4 2 1015170300388358 Semilla de Alfalfa, clase no certi fi cada. Dormancia 5-6 3 1015170300388359Semilla de Alfalfa, clase no certi fi cada. Dormancia 8-10 Artículo 2.- Disponer se remita a la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS las Fichas de Homologación aprobadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1947486-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban la Directiva N° 003-2021-MIDIS denominada “Directiva para la implementación de la Red de Soporte para el Adulto Mayor con Alto Riesgo y la Persona con Discapacidad Severa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 066-2021-MIDIS Lima, 24 de abril de 2021VISTOS: El Informe N° D000037-2021-MIDIS-DGIPAT, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando N° D000078-2021-MIDIS-DGSE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° D000064-2021-MIDIS-DGPE, de la Dirección General de Políticas y Estrategias; el Memorando N° D000177-2021-MIDIS-DGFIS, de la Dirección General de Focalización e Información Social; el Memorando N° D000116-2021-MIDIS-VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Memorando N° D000197-2021-MIDIS-VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000381-2021-MIDIS-OGPPM, de la O fi cina General de Planeamiento Presupuesto y