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31 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de enero de 2021 El Peruano / o efectuar el reporte posterior de publicidad estatal, incluyendo formatos, anexos, entre otros de similar naturaleza en el marco de lo dispuesto en la normativa sobre la materia. 1.3 En materia de contrataciones del Estado en las Unidades Ejecutoras no policiales a) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley Contrataciones del Estado. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, según lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. c) Suscribir convenios para la realización de Compras Corporativas Facultativas para la contratación de bienes y servicios en general y para encargar a otra Entidad Pública las actuaciones preparatorias y/o los procedimientos de selección de bienes, servicios en general, consultorías y obras, así como aprobar el expediente de contratación y los documentos del procedimiento de selección en calidad de entidad encargante. d) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección correspondiente a licitación pública y concurso público conforme lo establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Aprobar las prestaciones de adicionales de obras de los contratos derivados de los procedimientos de selección de la Ley de Contrataciones del Estado. f) Declarar la nulidad en el supuesto establecido en el numeral 72.7 del artículo 72 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. g) Autorizar las modi fi caciones convencionales referidas en el artículo 34 A de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1341, respecto de los contratos suscritos por la O fi cina General de Administración y Finanzas de los procedimientos de selección convocados durante la vigencia del referido artículo, siempre que no impliquen la variación del precio. 1.4 En materia de recursos humanosa) Aprobar y/o formalizar las modi fi caciones del Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio del Interior, de conformidad con la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP, aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-DIGESNAP, y demás normas que lo regulen. b) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Diálogo del Ministerio del Interior, con facultades expresas para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de éstas, suscribir cualquier acuerdo e inclusive participar en todos aquellos actos relativos a la etapa de arbitraje, en caso se derive este del procedimiento de negociación colectiva; lo que excluye el ejercicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública, contemplado en el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 019-2019-JUS. c) Autorizar los Términos de Referencia y las contrataciones con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial en el Ministerio del Interior. d) Remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente cali fi cado del Ministerio del Interior, conforme a los Lineamientos establecidos sobre la materia. e) Autorizar las acciones de personal, respecto a los encargos de funciones, así como designaciones temporales en lo que corresponda. 1.5 En materia de asociaciones público privadas, proyectos en activos y obras por impuestos a) Solicitar Asistencia Técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION para el desarrollo de los procedimientos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b) Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad que proponen desarrollar los proyectos de inversión pública bajo las modalidades establecidas en la normativa de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuesto. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección de los procedimientos de selección que vayan a ser convocados, así como modi fi car su composición. d) Suscribir Convenios, modi fi carlos y/o resolverlos, incluyendo la suscripción de las adendas que correspondan. e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. f) Cancelar los procedimientos de selección.g) Solicitar la emisión del informe previo a la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional, de ser el caso. h) Suscribir, modi fi car y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la ejecución conjunta o encargo de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, bajo el mecanismo de Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuestos. i) Resolver mediante trato directo las controversias que surjan entre la entidad y la empresa privada o la entidad privada supervisora, respecto a la ejecución, interpretación, resolución, inexistencias, ine fi cacia o invalidez de los convenios de inversión suscritos, bajo el mecanismo de obras por impuestos, a que se re fi ere el artículo 86 del TUO del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF. j) Aprobar Directivas, Manuales y/o Lineamientos y sus modi fi catorias, referidos a Asociación Público Privada, Proyectos en Activos y obras por impuesto, conforme a la normatividad vigente. Artículo 2.- DELEGACIÓN DE FACULTADES OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO: Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático (Habilitaciones y anulaciones entre Unidades Ejecutoras) que correspondan al Titular del Pliego, así como las que se requieran en el periodo de regularización, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o quien haga sus veces, de acuerdo a las normas vigentes. Artículo 3.- DELEGACIÓN DE FACULTADES OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS: 3.1 En materia de contrataciones del Estadoa) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior - O fi cina General de Administración. b) Efectuar la supervisión y el seguimiento permanente al proceso de plani fi cación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del Interior - Ofi cina General de Administración, en el marco de las disposiciones que al respecto establezca el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, debiendo informar trimestralmente su ejecución a la Secretaría General. c) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección que no se hayan delegado en otra autoridad. d) Aprobar la reserva del valor referencial de los procedimientos de selección cuando corresponda. e) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, previo informe del órgano encargado de las contrataciones de la Entidad, que no se hayan delegado en otra autoridad. f) Aprobar las bases y otros documentos de los procedimientos de selección que sean de su competencia,