TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Viernes 22 de enero de 2021 / El Peruano Que, de igual forma, el artículo 94º del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Además, indica que estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, preferentemente abogados y son designados mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE, señala en el numeral 8.1 que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario y está a cargo de un Secretario Técnico designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que viene ejerciendo en la entidad o especí fi camente para dicho propósito; Que, bajo dicho marco normativo, mediante la Resolución de Secretaria General N° 029-2019-INDECI de fecha 05 de diciembre de 2019, se designó, con e fi cacia anticipada al 05 de agosto de 2019, al abogado Wilmer Miguel Huangal Espinal, en el cargo de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, la O fi cina General de Administración, a través del Memorándum N° 12463-2020-INDECI/6.1 de fecha 29 de diciembre de 2020, comunica que el vínculo laboral que mantiene el señor Wilmer Miguel Huangal Espinal con el INDECI, culmina indefectiblemente el 31 de diciembre de 2020; señalando además, que es necesario designar al servidor que asumirá el cargo de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD del INDECI; Que, asimismo, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM, la Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección, encargado de la administración interna de la institución; gestiona, coordina y supervisa las actividades de los órganos de asesoramiento y apoyo, constituyéndose en la máxima autoridad administrativa de la institución; Que, en ese sentido, corresponde dar por concluida la designación a que se contrae la Resolución de Secretaría General N° 029-2019-INDECI, con e fi cacia anticipada al 01 de enero de 2021, y as u vez, se designe, con e fi cacia anticipada, al servidor que asumirá el cargo de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD del INDECI, de conformidad a lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con la visación del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE; y el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2013-PCM y modi fi catoria, SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, con e fi cacia anticipada al 01 de enero de 2021, la designación del señor Wilmer Miguel Huangal Espinal, en el cargo de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, Articulo 2.- Designar, con e fi cacia anticipada, a partir del 05 de enero de 2021, al señor LUIS FERNANDO MEZA FARFAN, en el cargo de Secretario Técnico de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario – PAD del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, en adición a sus funciones. Artículo 3.- El Secretario Técnico designado mediante el artículo anterior, llevará a cabo sus funciones de conformidad con lo establecido por Ley N° 30057, “Ley del Servicio Civil”, por su Reglamento General aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, por la Directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057 – Ley del Servicio Civil”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE, y por las demás disposiciones legales que regulen el Procedimiento Administrativo Disciplinario. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El peruano, así como la publicación en la Portal Web e Intranet Institucional (www.indeci.gob.pe). Artículo 5.- Disponer que la Secretaría General registre la presente resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la Ofi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX AUGUSTO ICOCHEA IRIARTE Secretario General 1921853-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la Empresa Regional del Servicio Público de Electricidad Electro Oriente S.A. contra la Resolución Osinergmin N° 062-2020-OS/GRT RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 002-2021-OS/GRT Lima, 20 de enero de 2021CONSIDERANDO:1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolución N° 062-2020-OS/GRT, publicada el 01 de diciembre de 2020 (en adelante “Resolución 062”), se aprobó la lista de bene fi ciarios del subsidio Bono Electricidad, en cumplimiento del Decreto de Urgencia N° 074-2020 con el cual se crea el Bono Electricidad en favor de usuarios residenciales focalizados del servicio público de electricidad (en adelante “DU 074”) y de la Norma “Procedimiento de aplicación del mecanismo de subsidio Bono Electricidad en el marco de lo dispuesto en el DU 074”, aprobada por